Chocos al volante: Conductores y las paradas prohibidas

Muchos chocos al volante infringen el reglamento de Tránsito al hacer paradas prohibidas dentro de Villahermosa

Iván Sánchez | El Heraldo de Tabasco

  · miércoles 24 de enero de 2024

Conductores tabasqueños estacionan sus vehículos en lugares prohibidos. Foto: Iván Sánchez | El Heraldo de Tabasco

La cultura vial no es el fuerte de los tabasqueños; así ha quedado demostrado en la sección Chocos al volante de El Heraldo de Tabasco, ya que al recorrer ciertas calles de la ciudad, se pudo constatar que muchos conductores se estacionan a donde pueden, sin importar si están infringiendo el reglamento de Tránsito.

Así, muchos de ellos se estacionan en doble fila u obstruyen las áreas de acceso para personas que padecen alguna discapacidad, hacen paradas en zonas prohibidas, suben o bajan a sus pasajeros en lugares en los que además, los ponen en riesgo de sufrir algún accidente.

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Las sanciones

De acuerdo al reglamento de Tránsito y Vialidad, quien se estacione a menos de cinco metros en una esquina, excepto las paradas momentáneas para tomar a dejar pasajeros, siempre que no haya otro sitio desocupado en la cuadra, se hará acreedor a una sanción de 10 a 15 días de salario o un arresto de seis a nueve horas.

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Mientras que las siguientes infracciones serán motivo de una sanción de 20 a 25 días de salario o arresto de 12 a 15 horas: estacionarse en una calle con alguna obstrucción con lo que impida el libre tránsito; quien se estacione en puentes, viaductos y túneles; y quien lo haga a menos de 15 metros de un cruce a nivel.

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En tanto, quien lo haga en dispositivos habilitados para permitir el regreso de vehículos en las calles sin salidas, tendrá una multa de 15 a 20 días de salario o un arresto de nueve a 12 horas.

Otras conductas sancionadas por la Ley de Tránsito aplica para quien se estacione en curvas y cambios de pendiente que no permitan distinguir la continuidad de la vía; estacionarse en cualquier sitio donde lo prohiban las autoridades o señales de tránsito; quien ocupe los lugares específicos para el ascenso y descenso de personas con alguna discapacidad, como rampas o estacionamientos; quien ocupe un carril de circulación, entre otras, con multas que van desde los 10 hasta los 40 días de salario o de seis a 22 horas de prisión.