/ martes 24 de septiembre de 2019

Da Congreso entrada a iniciativa para reducción de prerrogativas

La diputada María Esther Zapata dio lectura a la propuesta de reforma al artículo 9

Y oficialmente el Congreso de Tabasco dio entrada en la sesión de hoy a una Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se propone reformar el primer párrafo y el inciso a) de la fracción VIII, del Apartado A, del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Tabasco, que presentó el gobernador Adán Augusto López Hernández, con la finalidad de reducir la 50% las prerrogativas a los partidos políticos.

La Secretaría de la Mesa Directiva, la diputada de MORENA, María Esther Zapata Zapata, dio lectura del contenido de la Iniciativa en donde propone la reforma, porque el actual contenido de ese Artículo es ambiguo, ya que no hace una diferencia entre los partidos políticos nacionales y los locales.

En la Iniciativa que envía el gobernador ya viene establecida la diferencia entre un partido político local y un partido político nacional, atendiendo el resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de Nación y se deja en claro que el Estado se tiene libertad configurativa para regular el financiamiento público.

APARTADO A.- ...

I. al VII.- ...

  • VIII. El financiamiento público para los partidos políticos nacionales y locales, que mantengan su registro y alcancen el tres por ciento de la votación en la elección para Diputados inmediata anterior, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, así como las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico, el que se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley:
  • a) El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos locales se fijará anualmente en los términos establecidos por la Ley General de Partidos Políticos. El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral del Estado por el treinta y dos punto cinco por ciento (32.5 %) del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El treinta por ciento (30%) de la cantidad total que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento (70%) restante se distribuirá entre los mismos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de Diputados inmediata anterior.

La fuente de financiamiento que tiene el partido político local es a través de lo que establece la Ley General de partidos políticos y en el caso de los partidos políticos nacionales que están en Tabasco es a través de lo que establece la Constitución del estado.

Cabe recordar que la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN), inválido la reforma que hizo el Poder Legislativo a través de la propuesta presentada por la Bancada de MORENA, para reducir al 50% el financiamiento a los partidos políticos de la entidad.

Momentos antes de la sesión de hoy, se realizó un reunión a puerta cerrada entre los diputados de la Bancada de Morena y el Consejero Jurídico del gobierno de Tabasco, Guillermo Arturo del Rivero León.

La Iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para sus análisis y dictaminación.

El gobernador envío otra Iniciativa dónde propone reformar la Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social en donde se considera la creación del Instituto de Beneficencia Pública.

Otra Iniciativa que envió el mandatario es una reforma a la Ley General de Tránsito y Vialidad de Tabasco.

Y oficialmente el Congreso de Tabasco dio entrada en la sesión de hoy a una Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se propone reformar el primer párrafo y el inciso a) de la fracción VIII, del Apartado A, del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Tabasco, que presentó el gobernador Adán Augusto López Hernández, con la finalidad de reducir la 50% las prerrogativas a los partidos políticos.

La Secretaría de la Mesa Directiva, la diputada de MORENA, María Esther Zapata Zapata, dio lectura del contenido de la Iniciativa en donde propone la reforma, porque el actual contenido de ese Artículo es ambiguo, ya que no hace una diferencia entre los partidos políticos nacionales y los locales.

En la Iniciativa que envía el gobernador ya viene establecida la diferencia entre un partido político local y un partido político nacional, atendiendo el resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de Nación y se deja en claro que el Estado se tiene libertad configurativa para regular el financiamiento público.

APARTADO A.- ...

I. al VII.- ...

  • VIII. El financiamiento público para los partidos políticos nacionales y locales, que mantengan su registro y alcancen el tres por ciento de la votación en la elección para Diputados inmediata anterior, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, así como las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico, el que se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley:
  • a) El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos locales se fijará anualmente en los términos establecidos por la Ley General de Partidos Políticos. El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral del Estado por el treinta y dos punto cinco por ciento (32.5 %) del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El treinta por ciento (30%) de la cantidad total que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento (70%) restante se distribuirá entre los mismos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de Diputados inmediata anterior.

La fuente de financiamiento que tiene el partido político local es a través de lo que establece la Ley General de partidos políticos y en el caso de los partidos políticos nacionales que están en Tabasco es a través de lo que establece la Constitución del estado.

Cabe recordar que la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN), inválido la reforma que hizo el Poder Legislativo a través de la propuesta presentada por la Bancada de MORENA, para reducir al 50% el financiamiento a los partidos políticos de la entidad.

Momentos antes de la sesión de hoy, se realizó un reunión a puerta cerrada entre los diputados de la Bancada de Morena y el Consejero Jurídico del gobierno de Tabasco, Guillermo Arturo del Rivero León.

La Iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para sus análisis y dictaminación.

El gobernador envío otra Iniciativa dónde propone reformar la Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social en donde se considera la creación del Instituto de Beneficencia Pública.

Otra Iniciativa que envió el mandatario es una reforma a la Ley General de Tránsito y Vialidad de Tabasco.

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