/ jueves 17 de noviembre de 2022

Buscan sancionar chatarreras que compren metales robados de patrimonio público

En la actualidad, no se encuentran censados los negocios informales asentados, tanto en la ciudad de Villahermosa, como en los municipios

La diputada local del PRI, Katia Ornelas Gil presentó una iniciativa que busca sancionar a quienes se dediquen a la compra, venta, intercambio, reciclaje, transformación o reducción de residuos metálicos que sean de bienes del patrimonio público o de Ia prestación de un servicio básico competencia del estado o el municipio.

En su exposición de motivos, señaló que de acuerdo con la Secretaría de Bienestar, Sustentabilidad y Cambio Climático, se encuentran asentadas legalmente 34 negocios, que se dedican a la compra de chatarra y/o de reciclaje, compra de fierro viejo, bodega de reciclaje industrial, compraventa de metales, entre otros.

Lee más: Cambio en cromática de los taxis es “innecesario”: Shirley Herrera

Sin embargo, al googlear la información de chatarras, encontró que en realidad se encuentran asentadas en la entidad un total de 38. Cabe destacar que se tienen registrados 1380 generadores de residuos especiales, pero en lo informal, no se puede determinar el número exacto de estos y mucho menos las empresas que manejan residuos sólidos que no son de manejo especial, es decir, las que captan cobre, hierro, plomo, aluminio, entre otros minerales que son de fácil comercialización.

En la actualidad, no se encuentran censados los negocios informales asentados, tanto en la ciudad de Villahermosa, como en los municipios. No existe un padrón estatal de los prestadores de servicios de residuos sólidos que no son de uso especial.

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No obstante que debería ser de suma importancia para apreciar el número total de empresas o establecimientos asentados en la entidad que se dedican al mismo y sobre todo cumplan con las normas ambientales para su legal establecimiento.

A la fecha, tampoco se cuenta con un padrón de datos en el que se pueda apreciar quien vende y quien compra determinado producto de hierro o cobre, lo cual, sí es relevante, pues en lo informal se da el caso del robo de alcantarillas o cableado eléctrico, destacó.

Mismo que en muchos casos, el delincuente desmantela , funde el hierro, o en su caso separa el plástico del cableado cortándolo en tramos con la finalidad de que no se detecte el origen del producto que pretende comercializar.

Agregó que en otros casos, un sujeto roba o sustrae el bien público y se lo vende a una tercera persona y esta última lo revende.

Esto sin duda, es un daño patrimonial que afecta a todo el estado y repercute a la ciudadanía. Un ejemplo común es la afectación de la red de energía eléctrica, que puede dejar una cuadra o hasta una colonia sin energía eléctrica, perjudicando la prestación de servicios públicos, incluso en centros de salud, o trámites administrativos ante dependencias.

El robo de alcantarillado puede provocar accidentes, daños físicos, lesiones o fracturas a los peatones, que pueden llegar a perder la vida, tal y como sucedió recientemente el 10 de noviembre del presente año, con dos hermanas de 16 y 23 años, que se dirigían a un concierto en la Ciudad de México.

De la misma forma genera accidentes automovilísticos, daño a la suspensión motriz, averías en motor, rines o llantas del vehículo particular o del servicio público que emplea la ciudadanía a transportarse de un lugar a otro.

Estos actos ilícitos, tal y como lo es el robo de objetos de metal del patrimonio estatal o municipal, genera al erario público observaciones por parte del Órgano Superior de Fiscalización y a la vez de la Auditoría Superior de Fiscalización, respecto al uso y funcionamiento de determinada obra, lo que genera un gasto que no está presupuestado en el ejercicio fiscal correspondiente.

Por ejemplo, tenemos casos en los municipios, relativos al robo de bombas empleadas para el servicio de agua potable o cajas eléctricas y de pastillas, que prestan un servicio a la comunidad, que al ser comercializadas, desmontan, desarman, sacando el cobre y/o otros materiales que venden a la chatarrera o empresa de reciclable por kilos, sin saber, que existe un número de inventario del mismo, situaciones que se deben de regular, para evitar que este tipo de delitos siga sucediendo en nuestra entidad.

Por tal motivo -asentó- resulta prudente que la Secretaría de Bienestar, Sustentabilidad y Cambio climático en la entidad regule la compra y venta de bienes que pertenecen al estado y al municipio, emitiendo medidas tendientes al empadronamiento de quienes compran y venden productos, que se comercializan en las empresas registradas , así como de prestadores de servicios y generadores de residuos, y conocer qué es lo que compran y qué es lo que venden.

Emita las providencias necesarias, para plasmar en el padrón correspondiente, las cantidades de residuo generado y comercializado, así como su clasificación por tipo de metal, para reconocer el origen y destino del residuo.

Que se castigue a la prestadora de servicio o empresa chatarrera, con la revocación de su autorización, desde el momento que se detecte o presuma que compila, transforma, reduce o adquiere bienes o residuos que pertenecen al estado o municipios, ya sea porque estos cuenten con emblemas, sellos, o cualquier frase que los vincule con el gobierno federal, estatal o municipal.

En lo sucesivo, imponga como obligatoriedad que en la compra y venta de residuos, se suponga que el residuo viene del alumbrado público, o servicios de agua potable o alcantarillado, reporte tal situación a las autoridades competentes, a efectos de que se ejecuten las medidas que permitan el esclarecimiento de los hechos y ayuden a la localización y aprehensión del delincuente.

Para tal efecto se propone la reforma de diferentes artículos de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Tabasco.


La diputada local del PRI, Katia Ornelas Gil presentó una iniciativa que busca sancionar a quienes se dediquen a la compra, venta, intercambio, reciclaje, transformación o reducción de residuos metálicos que sean de bienes del patrimonio público o de Ia prestación de un servicio básico competencia del estado o el municipio.

En su exposición de motivos, señaló que de acuerdo con la Secretaría de Bienestar, Sustentabilidad y Cambio Climático, se encuentran asentadas legalmente 34 negocios, que se dedican a la compra de chatarra y/o de reciclaje, compra de fierro viejo, bodega de reciclaje industrial, compraventa de metales, entre otros.

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Sin embargo, al googlear la información de chatarras, encontró que en realidad se encuentran asentadas en la entidad un total de 38. Cabe destacar que se tienen registrados 1380 generadores de residuos especiales, pero en lo informal, no se puede determinar el número exacto de estos y mucho menos las empresas que manejan residuos sólidos que no son de manejo especial, es decir, las que captan cobre, hierro, plomo, aluminio, entre otros minerales que son de fácil comercialización.

En la actualidad, no se encuentran censados los negocios informales asentados, tanto en la ciudad de Villahermosa, como en los municipios. No existe un padrón estatal de los prestadores de servicios de residuos sólidos que no son de uso especial.

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No obstante que debería ser de suma importancia para apreciar el número total de empresas o establecimientos asentados en la entidad que se dedican al mismo y sobre todo cumplan con las normas ambientales para su legal establecimiento.

A la fecha, tampoco se cuenta con un padrón de datos en el que se pueda apreciar quien vende y quien compra determinado producto de hierro o cobre, lo cual, sí es relevante, pues en lo informal se da el caso del robo de alcantarillas o cableado eléctrico, destacó.

Mismo que en muchos casos, el delincuente desmantela , funde el hierro, o en su caso separa el plástico del cableado cortándolo en tramos con la finalidad de que no se detecte el origen del producto que pretende comercializar.

Agregó que en otros casos, un sujeto roba o sustrae el bien público y se lo vende a una tercera persona y esta última lo revende.

Esto sin duda, es un daño patrimonial que afecta a todo el estado y repercute a la ciudadanía. Un ejemplo común es la afectación de la red de energía eléctrica, que puede dejar una cuadra o hasta una colonia sin energía eléctrica, perjudicando la prestación de servicios públicos, incluso en centros de salud, o trámites administrativos ante dependencias.

El robo de alcantarillado puede provocar accidentes, daños físicos, lesiones o fracturas a los peatones, que pueden llegar a perder la vida, tal y como sucedió recientemente el 10 de noviembre del presente año, con dos hermanas de 16 y 23 años, que se dirigían a un concierto en la Ciudad de México.

De la misma forma genera accidentes automovilísticos, daño a la suspensión motriz, averías en motor, rines o llantas del vehículo particular o del servicio público que emplea la ciudadanía a transportarse de un lugar a otro.

Estos actos ilícitos, tal y como lo es el robo de objetos de metal del patrimonio estatal o municipal, genera al erario público observaciones por parte del Órgano Superior de Fiscalización y a la vez de la Auditoría Superior de Fiscalización, respecto al uso y funcionamiento de determinada obra, lo que genera un gasto que no está presupuestado en el ejercicio fiscal correspondiente.

Por ejemplo, tenemos casos en los municipios, relativos al robo de bombas empleadas para el servicio de agua potable o cajas eléctricas y de pastillas, que prestan un servicio a la comunidad, que al ser comercializadas, desmontan, desarman, sacando el cobre y/o otros materiales que venden a la chatarrera o empresa de reciclable por kilos, sin saber, que existe un número de inventario del mismo, situaciones que se deben de regular, para evitar que este tipo de delitos siga sucediendo en nuestra entidad.

Por tal motivo -asentó- resulta prudente que la Secretaría de Bienestar, Sustentabilidad y Cambio climático en la entidad regule la compra y venta de bienes que pertenecen al estado y al municipio, emitiendo medidas tendientes al empadronamiento de quienes compran y venden productos, que se comercializan en las empresas registradas , así como de prestadores de servicios y generadores de residuos, y conocer qué es lo que compran y qué es lo que venden.

Emita las providencias necesarias, para plasmar en el padrón correspondiente, las cantidades de residuo generado y comercializado, así como su clasificación por tipo de metal, para reconocer el origen y destino del residuo.

Que se castigue a la prestadora de servicio o empresa chatarrera, con la revocación de su autorización, desde el momento que se detecte o presuma que compila, transforma, reduce o adquiere bienes o residuos que pertenecen al estado o municipios, ya sea porque estos cuenten con emblemas, sellos, o cualquier frase que los vincule con el gobierno federal, estatal o municipal.

En lo sucesivo, imponga como obligatoriedad que en la compra y venta de residuos, se suponga que el residuo viene del alumbrado público, o servicios de agua potable o alcantarillado, reporte tal situación a las autoridades competentes, a efectos de que se ejecuten las medidas que permitan el esclarecimiento de los hechos y ayuden a la localización y aprehensión del delincuente.

Para tal efecto se propone la reforma de diferentes artículos de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Tabasco.


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