Una vez que vencieron en los meses de marzo y abril los plazos para las declaraciones anuales de impuestos tanto de personas físicas como morales, ahora corresponderá en el mes de mayo a las empresas y patrones hacer frente a la obligación de pagar el reparto de utilidades a sus empleados y colaboradores.
De lo contrario, se harían acreedores a multas que van hasta los 481 mil 100 pesos al vencerse el plazo a finales de mayo.
Te puede interesar: ¿Qué pasa si la empresa no me da utilidades? Cómo y dónde denunciar
De acuerdo al Secretario General de la Federación de Trabajadores y Obreros de Tabasco (FTOT), Edgar Azcuaga Cabrera, existe un buen ánimo y disposición de las empresas para cumplir con esta prestación de ley.
Pago de utilidades debe ser en los primeros 10 días de mayo: FTOT
Indicó que a pesar de la pandemia que afectó por tres años al país y al estado, el 2022 fue un buen año.
“Afortunadamente se cumplió con el pago de los aguinaldos, lo que da un buen indicio de que sí hubo utilidades, por lo que no habrá problema para que los patrones cumplan con esta disposición de ley”, aseveró.
Indicó que la central obrera está trabajando para que a más tardar en los primeros 10 días de mayo, se pague el reparto de utilidades.
Explicó que las reformas de la nueva Ley Federal del Trabajo garantizan el pago de utilidades a las trabajadoras o trabajadores que hayan laborado cuando menos 60 días del año fiscal anterior.
Sigue leyendo: Empresas que no están obligadas a pagar utilidades
Cabe señalar que en caso de que haya utilidades y no paguen el reparto de utilidades, la delegación federal del Trabajo y el Centro Federal de Conciliación, lo puede multar de 50 a 5 mil Medidas de Norma de Seguridad.
Si se tiene en cuenta que el costo de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es de 96.22 pesos, las multas irían de los 4 mil 811 hasta los 481 mil 100 pesos, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de empleados afectados.