En los próximos meses los trabajadores deben recibir el pago de las utilidades, para esto, muchos de los empleadores hacen uso de los medios de comunicación impresos para dar aviso de cuándo, a quiénes y cuánto dará este dinero.
Pero ¿Sabes cuándo deben publicar esta información? bueno, lo primero es que sepas que cuanto generó tu empresa en cuanto a ganancias, sin embargo NO es obligatorio que se publique en un periódico.
Esto pues la obligación de la empresa según la Ley Federal del Trabajo es que “el patrón, dentro de un término de diez días contado a partir de la fecha de la presentación de su declaración anual, entregará a los trabajadores copia de la misma”.
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Es decir si tiene la obligación de hacerte llegar esta información pero no es necesario que se publique en un medio de comunicación en para este fin, bien podrían comunicartelo de otra forma.
De igual manera recuerda que este pago se debe hacer a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Entonces ¿por qué hacen los avisos por medio de periódicos?
Bueno, es importante aclarar que para poder recibir las utilidades necesitas haber trabajado por más de 60 días en el año a pagar, es decir, si acabas de entrar a trabajar hace 15 días, no te tocan aún, por otro lado si trabajaste más de 60 días pero te despidieron o renunciaste, SI te toca el pago.
Es decir, ex empleados también deben recibir utilidades, y así mismo deben estar enterados de cuanto les toca, por lo que muchos empleadores usan medios de comunicación impresos para llegar a más gente.
Además si la empresa tiene presencia en varias regiones en un estado o país, hacen uso de periódicos que se imprimen en varias entidades para llegar a esos empleados externos a la sede central de la misma.
¿Que hacer si no te pagan las utilidades?
Conforme a la constitución, en caso de que el trabajador no reciba esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
Todos los trabajadores que estén empleados 60 días del año a pagar deben recibir la prestación, cuentan los días de incapacidades temporales por riesgo de trabajo; Periodos prenatales y postnatales; Descanso semanal, vacaciones y días festivos; Permisos; y Permiso con goce de sueldo.
Si no te pagan las utilidades puedes llamar a la PROFEDET a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, a través de correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Publicado originalmente en El Heraldo de Chihuahua