/ martes 20 de febrero de 2024

¿Cómo reclamar un cadáver que fue enviado a la fosa común?

Para reclamar un cuerpo que fue enviado a la fosa común, es necesario acudir a la Fiscalía General del Estado para hacer un reporte previo de desaparición o ausencia de una persona

Las personas que buscan a un familiar desaparecido y tienen sospecha de que su cuerpo fue enviado a la fosa común, deben presentarse ante la Fiscalía General del Estado (FGE) para reportarlo, a fin de que se inicie una carpeta de investigación y se recaben las muestras biológicas.

Lo anterior luego de que se diera a conocer que en Tabasco, del 2018 al 2023, un total de 224 cuerpos sin identificar se han ido a la fosa común.

Te puede interesar: Cifra de cuerpos enviados a la fosa común repuntó en Tabasco

En este sentido, el trámite debe iniciarse ante la Dirección de Servicios Periciales de la Fiscalía General del Estado de Tabasco.

¿Qué se necesita para recuperar un cuerpo?

Cabe señalar que para reclamar un cuerpo ante las autoridades, el trámite lo hace la Fiscalía que atiende cada hecho, ya sea homicidio, feminicidio, hechos de tránsito, entre otros.

Sin embargo, en el caso de que sean cuerpos que se sospeche hayan sido enviados a la fosa común, es necesario además una serie de estudios periciales, como una muestra de ADN por parte de un familiar.

En este caso, si no se ha tomado la muestra lo mandan al Laboratorio de Genética para que se haga el cruce con los que están en la base de datos.

Lee más: Localizan en Tabasco 47 fosas clandestinas con 75 cadáveres en 10 municipios

¿Qué hacen con los cuerpos en la fosa común?

Si el cadáver es identificado y éste ya fue enviado a la fosa común, se proporciona a los familiares los documentos necesarios para que obtengan al acta de defunción y se le asesora sobre los trámites para recuperar el cadáver a través de la autorización por el Agente del Ministerio Público para efectuar la exhumación.

En el caso de la dirección de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, de acuerdo al catálogo de servicios del Laboratorio de Criminalística, se cimera con el equipo y personal especializado para realizar muestras de indicios biológicos.

Esta actividad se realiza para recolectar y dar tratamiento a la evidencia de origen orgánico/biológico con el objetivo de recuperar y aportar material genético (ADN) que debe ser enviado al Laboratorio de Genética, para su identificación o resguardo de información en base de datos.

Los Requisitos mínimos para la solicitud del servicio son presentar un documento de solicitud con los datos claramente visibles: Número de carpeta de investigación, nombre del solicitante o institución, expediente, u otro número de referencia.

Sigue leyendo: Localizan fosa clandestina entre cultivos de caña en Cárdenas

¿Quién tiene derecho a reclamar el cuerpo del fallecido?

  • A los familiares se les pide presentarse a la brevedad en cualquier día y hora, acreditando su parentesco, su personalidad y exhibir el acta de nacimiento del extinto. Todo en original y cuatro copias.
  • Las muestras pueden tomarse a padres, hijos y/o hermanos.
  • En caso de que el cuerpo este enterrado en una fosa común se debe solicitar, por medio de la Fiscalía del Ministerio Público, la autorización al Juzgado de Control para la autorización de exhumación.

Una vez que un Tribunal aprueba la exhumación, se solicita a la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) una autorización y cuando ésta se obtiene el personal del Semefo se comunica con los familiares para fijar la fecha y hora para la exhumación.

Es importante señalar que sólo familiares directos de la persona muerta –como esposo (a), concubinos (a) con hijos, padres, hermanos, hijos– pueden hacer el trámite de recuperación de un cuerpo -en caso de no existir estos parientes, podría presentar tíos o primos- y deben presentar su acta de nacimiento y una identificación, así como el acta de nacimiento de la persona fallecida.

De acuerdo a los datos proporcionados por la Fiscalía General del Estado (FGE) vía Transparencia, en los últimos seis años 224 cuerpos que no fueron reclamados terminaron en fosa común.

Las personas que buscan a un familiar desaparecido y tienen sospecha de que su cuerpo fue enviado a la fosa común, deben presentarse ante la Fiscalía General del Estado (FGE) para reportarlo, a fin de que se inicie una carpeta de investigación y se recaben las muestras biológicas.

Lo anterior luego de que se diera a conocer que en Tabasco, del 2018 al 2023, un total de 224 cuerpos sin identificar se han ido a la fosa común.

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En este sentido, el trámite debe iniciarse ante la Dirección de Servicios Periciales de la Fiscalía General del Estado de Tabasco.

¿Qué se necesita para recuperar un cuerpo?

Cabe señalar que para reclamar un cuerpo ante las autoridades, el trámite lo hace la Fiscalía que atiende cada hecho, ya sea homicidio, feminicidio, hechos de tránsito, entre otros.

Sin embargo, en el caso de que sean cuerpos que se sospeche hayan sido enviados a la fosa común, es necesario además una serie de estudios periciales, como una muestra de ADN por parte de un familiar.

En este caso, si no se ha tomado la muestra lo mandan al Laboratorio de Genética para que se haga el cruce con los que están en la base de datos.

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¿Qué hacen con los cuerpos en la fosa común?

Si el cadáver es identificado y éste ya fue enviado a la fosa común, se proporciona a los familiares los documentos necesarios para que obtengan al acta de defunción y se le asesora sobre los trámites para recuperar el cadáver a través de la autorización por el Agente del Ministerio Público para efectuar la exhumación.

En el caso de la dirección de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, de acuerdo al catálogo de servicios del Laboratorio de Criminalística, se cimera con el equipo y personal especializado para realizar muestras de indicios biológicos.

Esta actividad se realiza para recolectar y dar tratamiento a la evidencia de origen orgánico/biológico con el objetivo de recuperar y aportar material genético (ADN) que debe ser enviado al Laboratorio de Genética, para su identificación o resguardo de información en base de datos.

Los Requisitos mínimos para la solicitud del servicio son presentar un documento de solicitud con los datos claramente visibles: Número de carpeta de investigación, nombre del solicitante o institución, expediente, u otro número de referencia.

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¿Quién tiene derecho a reclamar el cuerpo del fallecido?

  • A los familiares se les pide presentarse a la brevedad en cualquier día y hora, acreditando su parentesco, su personalidad y exhibir el acta de nacimiento del extinto. Todo en original y cuatro copias.
  • Las muestras pueden tomarse a padres, hijos y/o hermanos.
  • En caso de que el cuerpo este enterrado en una fosa común se debe solicitar, por medio de la Fiscalía del Ministerio Público, la autorización al Juzgado de Control para la autorización de exhumación.

Una vez que un Tribunal aprueba la exhumación, se solicita a la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) una autorización y cuando ésta se obtiene el personal del Semefo se comunica con los familiares para fijar la fecha y hora para la exhumación.

Es importante señalar que sólo familiares directos de la persona muerta –como esposo (a), concubinos (a) con hijos, padres, hermanos, hijos– pueden hacer el trámite de recuperación de un cuerpo -en caso de no existir estos parientes, podría presentar tíos o primos- y deben presentar su acta de nacimiento y una identificación, así como el acta de nacimiento de la persona fallecida.

De acuerdo a los datos proporcionados por la Fiscalía General del Estado (FGE) vía Transparencia, en los últimos seis años 224 cuerpos que no fueron reclamados terminaron en fosa común.

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