Cuando se comienza la vida laboral en una empresa dada de alta en el IMSS, el trabajador adquiere obligaciones pero también derechos para asegurar su bienestar mientras se encuentra laborando.
Así, las personas que se encuentran afiliadas al IMSS no solo pueden tener acceso a asistencia médica, sino que estas también son acreedoras a beneficios tales como pensión por retiro, incapacidad o enfermedad.
Esto ya que en caso de que el trabajador tenga algún impedimento para seguir laborando tendrá que solicitar una valoración médica, en este caso tiene que ser una enfermedad que no haya tenido relación con algún accidente laboral.
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¿Qué es la pensión por enfermedad?
Es que según la Ley del Seguro Social, si una persona está imposibilitada para seguir laborando, esta podrá recibir un salario superior al 50 por ciento del recibido en su último año como empleado, solo si esta es por una enfermedad.
Es necesario que el asegurado se realice estudios médicos para poder acreditar que se encuentra imposibilitado para trabajar, por lo que una vez que la enfermedad sea acreditada será necesario que realice el trámite correspondiente.
En caso que la institución valide que el trabajador no puede trabajar podrá determinar si este es acreedor a una pensión por enfermedad.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una pensión por enfermedad?
Identificación oficial vigente, comprobante de domicilio no mayor a 3 meses, CURP, estado de cuenta de la Cuenta Individual, RFC con homoclave.
Documento donde se encuentre el número de cuenta y Clave Bancaria (a nombre del solicitante), Acta de nacimiento. Pase del servicio de medicina familiar o del médico especialista de segundo o tercer nivel de Atención a Salud en el Trabajo . Solicitar estudio médico para determinar el probable estado de invalidez.
Sin embargo, debes tomar en cuenta que en caso de que el dictamen sea que estás invalidado a seguir trabajando, esto no significa que seas acreedor a recibir una pensión.
Ya que según la ley, se requieren por lo menos 250 semanas cotizadas o en caso de que la invalidez sea mayor, 150 semanas.
En la Ley del Seguro Social se establece que además de presentar un estado de invalidez, se requiere por lo menos 250 semanas cotizadas o en caso de invalidez mayor, 150 semanas.
¿Con qué enfermedades me pueden pensionar?
Según la ley existe una lista de enfermedades que puede hacer que se le otorgue una pensión a sus afiliado, algunas de ellas son la diabetes mellitus o tumores malignos como cáncer, aunque también se incluyen las siguientes.
- Dorsopatías
- Enfermedades cerebrovasculares
- Insuficiencia renal
- Osteopatías
- Enfermedades isquémicas del corazón
- Trastornos de la Coroides y la retina
- Enfermedades del hígado
- Parálisis cerebral
- Trastornos mentales
- Traumatismo de la cadera y el muslo
- Glaucoma
- Enfermedades por Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH)
- Enfermedades crónicas de las vías respiratorias inferiores