/ martes 22 de noviembre de 2022

Con Modalidad 40, trabajadores podrán hacer aportaciones propias para pensionarse

Este programa sólo tiene el objetivo de buscar una pensión, pero el IMSS no tiene la obligación de ofrecer el servicio médico a los contratantes

A partir del próximo año 2023, entrará en vigor la reforma al sistema de pensiones establecido en la Ley del Seguro Social, donde se establece que las cuotas para el retiro en la “Modalidad 40” tendrán un incremento gradual.

La ley establece que actualmente las personas realizan una aportación mínima del 10.075 por ciento, sin embargo, a partir del 2023, deberán pagar 1.09 por ciento más de forma anual, hasta alcanzar un máximo del 18.8 por ciento para el año 2030.

Este programa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), permite a las personas que no tienen trabajo continuar haciendo aportaciones por cuenta propia con el fin de obtener una pensión al momento de su retiro.

Para obtener este beneficio, los interesados deben realizar un convenio con la instancia de salud pública, donde definirán de forma voluntaria el salario con el que quieran seguir cotizando.

Sobre el tema, Gonzalo Xavier Pérez Jiménez, síndico titular del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP) ante en el SAT Puebla 2, dio a conocer que esta modalidad es voluntaria para aquellos que comenzaron a cotizar ante el IMSS, antes del 1 de julio de 1997.

Para esto, comentó que los interesados deben tomar en cuenta que se trata de un mecanismo que les ayuda a conseguir una pensión en caso de que hayan terminado una relación laboral sin todavía alcanzar la edad mínima o semanas cotizadas suficientes para pensionarse.

Sin embargo, señaló que es importante dar a conocer que en la Modalidad 40 sólo se puede cotizar con un sueldo similar o superior al que se percibía en el último trabajo formal.

Asimismo, refirió que este programa sólo tiene el objetivo de buscar una pensión, por lo que el IMSS no tiene la obligación de ofrecer el servicio médico a los contratantes.

¿QUÉ PERSONAS PUEDEN ACCEDER A LA MODALIDAD 40 DEL IMSS?

Los derechohabientes que tienen la opción de registrarse a esta modalidad, deben cumplir con ciertas características, entre las que se encuentra haberse quedado sin trabajo, estar cerca de cumplir los 60 años de edad, y no haber pasado más de cinco años de su último trabajo.

Algunos de los requisitos para inscribirse son tener cotizadas por lo menos 52 semanas de trabajo en los últimos cinco años, ser trabajador activo que no esté cotizando en la institución, solicitar el alta a la modalidad 40 antes de los cinco años de tu fecha de baja, y haber comenzado a cotizar ante el IMSS, antes del 1 de julio de 1997.

El proceso de registro se puede realizar en cualquier ventanilla del seguro social, o a través de su portal de internet, donde es indispensable tener a la mano un correo electrónico y el CURP.

Es importante mencionar que los derechos que ofrece la Modalidad 40 a los derechohabientes son seguro de invalidez y vida, seguro de retiro en edad avanzada y vejez, continuar acumulando semanas de cotización, recursos en cuenta individual, registro del salario de cotización deseado y aportaciones al Afore.

¿CÓMO SALIRME DE ESTE PROGRAMA?

De acuerdo con el síndico titular del Colegio de Contadores Públicos de Puebla, actualmente existen dos formas para salirse del programa Modalidad 40.

El primero es encontrar un empleo y que el patrón continúe cubriendo las cuotas; mientras que el segundo consiste en dejar de realizar los pagos mensuales, por lo que el seguro social dará de baja automáticamente a las personas.

Publicado originalmente en El Sol de Puebla

A partir del próximo año 2023, entrará en vigor la reforma al sistema de pensiones establecido en la Ley del Seguro Social, donde se establece que las cuotas para el retiro en la “Modalidad 40” tendrán un incremento gradual.

La ley establece que actualmente las personas realizan una aportación mínima del 10.075 por ciento, sin embargo, a partir del 2023, deberán pagar 1.09 por ciento más de forma anual, hasta alcanzar un máximo del 18.8 por ciento para el año 2030.

Este programa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), permite a las personas que no tienen trabajo continuar haciendo aportaciones por cuenta propia con el fin de obtener una pensión al momento de su retiro.

Para obtener este beneficio, los interesados deben realizar un convenio con la instancia de salud pública, donde definirán de forma voluntaria el salario con el que quieran seguir cotizando.

Sobre el tema, Gonzalo Xavier Pérez Jiménez, síndico titular del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP) ante en el SAT Puebla 2, dio a conocer que esta modalidad es voluntaria para aquellos que comenzaron a cotizar ante el IMSS, antes del 1 de julio de 1997.

Para esto, comentó que los interesados deben tomar en cuenta que se trata de un mecanismo que les ayuda a conseguir una pensión en caso de que hayan terminado una relación laboral sin todavía alcanzar la edad mínima o semanas cotizadas suficientes para pensionarse.

Sin embargo, señaló que es importante dar a conocer que en la Modalidad 40 sólo se puede cotizar con un sueldo similar o superior al que se percibía en el último trabajo formal.

Asimismo, refirió que este programa sólo tiene el objetivo de buscar una pensión, por lo que el IMSS no tiene la obligación de ofrecer el servicio médico a los contratantes.

¿QUÉ PERSONAS PUEDEN ACCEDER A LA MODALIDAD 40 DEL IMSS?

Los derechohabientes que tienen la opción de registrarse a esta modalidad, deben cumplir con ciertas características, entre las que se encuentra haberse quedado sin trabajo, estar cerca de cumplir los 60 años de edad, y no haber pasado más de cinco años de su último trabajo.

Algunos de los requisitos para inscribirse son tener cotizadas por lo menos 52 semanas de trabajo en los últimos cinco años, ser trabajador activo que no esté cotizando en la institución, solicitar el alta a la modalidad 40 antes de los cinco años de tu fecha de baja, y haber comenzado a cotizar ante el IMSS, antes del 1 de julio de 1997.

El proceso de registro se puede realizar en cualquier ventanilla del seguro social, o a través de su portal de internet, donde es indispensable tener a la mano un correo electrónico y el CURP.

Es importante mencionar que los derechos que ofrece la Modalidad 40 a los derechohabientes son seguro de invalidez y vida, seguro de retiro en edad avanzada y vejez, continuar acumulando semanas de cotización, recursos en cuenta individual, registro del salario de cotización deseado y aportaciones al Afore.

¿CÓMO SALIRME DE ESTE PROGRAMA?

De acuerdo con el síndico titular del Colegio de Contadores Públicos de Puebla, actualmente existen dos formas para salirse del programa Modalidad 40.

El primero es encontrar un empleo y que el patrón continúe cubriendo las cuotas; mientras que el segundo consiste en dejar de realizar los pagos mensuales, por lo que el seguro social dará de baja automáticamente a las personas.

Publicado originalmente en El Sol de Puebla

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