/ martes 21 de marzo de 2017

Chihuahua se resiste a eliminar el matrimonio infantil

Nueve estados del país, entre ellos Chihuahua, permite elmatrimonio infantil, pues se establece que la edad mínima paracasarse es de 16 años para el varón y la mujer mayor de 14, loque atenta contra el principio pro persona y de interés superiorde la niñez, previsto en la Constitución, así como loestablecido en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños yAdolescentes.

Desde enero del 2015 está en vigor la Ley General de losDerechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establece los 18años como edad mínima para contraer matrimonio por parte de lasniñas y niños, sin embargo, en Chihuahua la ley no se haarmonizado.

La semana pasada, Integrantes de la Comisión de Derechos de laNiñez de la Cámara de Diputados pusieron sobre la mesa de debatesrealizar un exhorto a los congresos locales de ocho entidades de laRepública, que contemplan el matrimonio legal entre menores deedad.

El legislador perredista, Érick Juárez Blanquet, señaló quebuscan que se homologuen las legislaciones en torno a este tema enlos estados de Sonora, Tabasco, Guanajuato, Baja California,Chihuahua, Durango, Guerrero, Nuevo León y Ciudad de México.

Por su parte, el diputado priista Francisco Saracho Navarroseñaló que en ocasiones, por factores culturales o sociales, sonlas mismas familias o las costumbres de las comunidades indígenaslas que empujan a las niñas, niños o adolescentes a contraernupcias, lo que contraviene el artículo 45 de la Ley General delos Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, toda vez quecontemplan la posibilidad de que los menores de edad puedancontraer matrimonio.

Las 9 entidades se resisten a homologar las disposiciones ypermiten en sus Códigos Civiles o Familiares la posibilidad quelos menores contraigan matrimonio con otros menores con sólo elconsentimiento de los padres o tutores.

Hay que recordar que la Reforma Constitucional que data del2011, en los artículos 4 y 73, establece que el Estado velaráporque se cumpla el principio del interés superior de la niñez ygarantizará de manera plena el ejercicio de sus derechos; facultaal Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan laconcurrencia de la Federación y entidades federativas en materiade derechos de niñas, niños y adolescentes, velando por elinterés superior de los mismos y cumpliendo con los tratadosinternacionales, de los que México sea parte.

Nueve estados del país, entre ellos Chihuahua, permite elmatrimonio infantil, pues se establece que la edad mínima paracasarse es de 16 años para el varón y la mujer mayor de 14, loque atenta contra el principio pro persona y de interés superiorde la niñez, previsto en la Constitución, así como loestablecido en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños yAdolescentes.

Desde enero del 2015 está en vigor la Ley General de losDerechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establece los 18años como edad mínima para contraer matrimonio por parte de lasniñas y niños, sin embargo, en Chihuahua la ley no se haarmonizado.

La semana pasada, Integrantes de la Comisión de Derechos de laNiñez de la Cámara de Diputados pusieron sobre la mesa de debatesrealizar un exhorto a los congresos locales de ocho entidades de laRepública, que contemplan el matrimonio legal entre menores deedad.

El legislador perredista, Érick Juárez Blanquet, señaló quebuscan que se homologuen las legislaciones en torno a este tema enlos estados de Sonora, Tabasco, Guanajuato, Baja California,Chihuahua, Durango, Guerrero, Nuevo León y Ciudad de México.

Por su parte, el diputado priista Francisco Saracho Navarroseñaló que en ocasiones, por factores culturales o sociales, sonlas mismas familias o las costumbres de las comunidades indígenaslas que empujan a las niñas, niños o adolescentes a contraernupcias, lo que contraviene el artículo 45 de la Ley General delos Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, toda vez quecontemplan la posibilidad de que los menores de edad puedancontraer matrimonio.

Las 9 entidades se resisten a homologar las disposiciones ypermiten en sus Códigos Civiles o Familiares la posibilidad quelos menores contraigan matrimonio con otros menores con sólo elconsentimiento de los padres o tutores.

Hay que recordar que la Reforma Constitucional que data del2011, en los artículos 4 y 73, establece que el Estado velaráporque se cumpla el principio del interés superior de la niñez ygarantizará de manera plena el ejercicio de sus derechos; facultaal Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan laconcurrencia de la Federación y entidades federativas en materiade derechos de niñas, niños y adolescentes, velando por elinterés superior de los mismos y cumpliendo con los tratadosinternacionales, de los que México sea parte.

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