/ miércoles 24 de febrero de 2021

Aprueba Congreso de CDMX la “Ley Ingrid”

Castigarán con hasta seis años de prisión y una multa de hasta mil UMA a quien filtre de manera indebida, información o fotos explícitas de víctimas

Con 58 votos a favor, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la denominada “Ley Ingrid”, por la que se reformará su Código Penal para sancionar penalmente al funcionario público y ciudadano que de forma indebida difunda información reservada o imágenes de víctimas de forma indebida.

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Fotos: Casimiro Sánchez | El Heraldo de Tabasco

Así, los servidores o ciudadanos que violen dicho dictamen, podrían ser acreedores a una multa o de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien incurra en dichos actos.

El presidente de la Comisión de Administración de Justicia, diputado por Morena, Eduardo Santillán Pérez, aseguró que con esta reforma, se impedirá que se filtren imágenes o videos de manera ilegal, con lo que se protegerá los derechos de las víctimas.

En dicho dictamen, se realizó una adición al artículo 293 Quáter, en el que se señala que:

“Se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la Ley como delitos”.

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Dentro del dictamen, se habla de un incremento de una tercera parte de las sanciones, si la información difundida menoscaba la dignidad de las víctimas o sus familiares, si corresponden a cuerpos pertenecientes al sexo femenino o se trate acerca de las circunstancias de los fallecimientos, lesiones o estado de salud de la víctima.

En el cuerpo del decreto, se establece la necesidad de respetar la memoria de las personas que fueron privadas de su vida, así como, de que una persona violentada o fallecida, nunca debe revictimizarse o agravarse el daño que causa su muerte.

La “Ley Ingrid”, nació tras el feminicidio de Ingrid Escamilla, perpetrado por quien fuera su pareja sentimental, Francisco “N”, el pasado 9 de febrero de 2020 en la alcaldía Gustavo A. Madero.

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El dictamen, fue resultado de propuestas presentadas por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y diputadas de MORENA, PRD y PAN.

Con 58 votos a favor, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la denominada “Ley Ingrid”, por la que se reformará su Código Penal para sancionar penalmente al funcionario público y ciudadano que de forma indebida difunda información reservada o imágenes de víctimas de forma indebida.

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Así, los servidores o ciudadanos que violen dicho dictamen, podrían ser acreedores a una multa o de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien incurra en dichos actos.

El presidente de la Comisión de Administración de Justicia, diputado por Morena, Eduardo Santillán Pérez, aseguró que con esta reforma, se impedirá que se filtren imágenes o videos de manera ilegal, con lo que se protegerá los derechos de las víctimas.

En dicho dictamen, se realizó una adición al artículo 293 Quáter, en el que se señala que:

“Se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la Ley como delitos”.

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Dentro del dictamen, se habla de un incremento de una tercera parte de las sanciones, si la información difundida menoscaba la dignidad de las víctimas o sus familiares, si corresponden a cuerpos pertenecientes al sexo femenino o se trate acerca de las circunstancias de los fallecimientos, lesiones o estado de salud de la víctima.

En el cuerpo del decreto, se establece la necesidad de respetar la memoria de las personas que fueron privadas de su vida, así como, de que una persona violentada o fallecida, nunca debe revictimizarse o agravarse el daño que causa su muerte.

La “Ley Ingrid”, nació tras el feminicidio de Ingrid Escamilla, perpetrado por quien fuera su pareja sentimental, Francisco “N”, el pasado 9 de febrero de 2020 en la alcaldía Gustavo A. Madero.

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