/ miércoles 27 de marzo de 2019

Proponen crear un Centro de Conciliación Laboral

El diputado Gerald Washington urgió reformar y adicionar en materia de justicia laboral

El coordinador de la fracción parlamentaria del PRI, Gerald Washington Herrera Castellanos, afirmó que es urgente reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Tabasco, en materia de justicia laboral para crear el Centro de Conciliación Laboral.

Explicó que se tiene que armonizar la Constitución local a las reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral, publicadas con fecha 24 de febrero de 2017, en el Diario Oficial de la Federación.

Esas reformas son necesarias, en virtud de que ya ha transcurrido con exceso el plazo de un año que se otorgó para ello; y en Tabasco a la fecha ni siquiera se han analizado las iniciativas correspondientes

Recordó que en el Congreso del estado se han presentado dos iniciativas al respecto, la primera, de fecha 15 de agosto de 2017, por el diputado Jorge Alberto Lazo Zentella, y la segunda, de fecha 21 de agosto del mismo año, por el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, proponiendo, ambos, la creación del Centro de Conciliación Laboral para el Estado de Tabasco, las cuales quedaron dentro del rezago legislativo y están pendiente de ser analizadas y dictaminadas.

Detalló que Los estados que a la fecha han legislado al respecto, son diez: Ciudad de México, Quintana Roo, Campeche, Chiapas, Oaxaca, Guanajuato, Estado de México, Nayarit, Hidalgo y Morelos.

Mencionó que existen otros estados como Veracruz, Coahuila, Nuevo León y Yucatán, en los que desde antes de esas reformas contemplan ya dentro de la estructura del Poder Judicial a los Tribunales de Conciliación y Arbitraje para resolver los conflictos laborales entre los diversos entes públicos y sus trabajadores.

El coordinador de la fracción parlamentaria del PRI, Gerald Washington Herrera Castellanos, afirmó que es urgente reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Tabasco, en materia de justicia laboral para crear el Centro de Conciliación Laboral.

Explicó que se tiene que armonizar la Constitución local a las reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral, publicadas con fecha 24 de febrero de 2017, en el Diario Oficial de la Federación.

Esas reformas son necesarias, en virtud de que ya ha transcurrido con exceso el plazo de un año que se otorgó para ello; y en Tabasco a la fecha ni siquiera se han analizado las iniciativas correspondientes

Recordó que en el Congreso del estado se han presentado dos iniciativas al respecto, la primera, de fecha 15 de agosto de 2017, por el diputado Jorge Alberto Lazo Zentella, y la segunda, de fecha 21 de agosto del mismo año, por el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, proponiendo, ambos, la creación del Centro de Conciliación Laboral para el Estado de Tabasco, las cuales quedaron dentro del rezago legislativo y están pendiente de ser analizadas y dictaminadas.

Detalló que Los estados que a la fecha han legislado al respecto, son diez: Ciudad de México, Quintana Roo, Campeche, Chiapas, Oaxaca, Guanajuato, Estado de México, Nayarit, Hidalgo y Morelos.

Mencionó que existen otros estados como Veracruz, Coahuila, Nuevo León y Yucatán, en los que desde antes de esas reformas contemplan ya dentro de la estructura del Poder Judicial a los Tribunales de Conciliación y Arbitraje para resolver los conflictos laborales entre los diversos entes públicos y sus trabajadores.

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