/ miércoles 2 de marzo de 2022

Persona moral: ¡aguas con Lolita! Prepara tu declaración anual

La obligación fiscal deberá cumplirse entre el 1 y 31 de marzo; checa cómo puedes evitar las aglomeraciones en las oficinas del SAT

Durante marzo millones de contribuyentes deberán cumplir con su declaración anual 2021, lo cual podría saturar la afluencia de las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Según el calendario establecido por el SAT, las personas morales deberán cumplir con esta obligación fiscal entre el 1 y el 31 de marzo, mientras que las físicas tienen como periodo del 1 al 30 de abril de 2022.

Lee más: Tabasqueño: ¡que no te agarre Lolita! Haz tu declaración anual

Por tal motivo y para brindar los servicios necesarios, el organismo anunció que extenderá sus horarios de atención a partir del lunes 7 al viernes 11 de marzo, y del martes 22 al viernes 25 del mismo mes, en horario de 9 de la mañana a 5 de la tarde.

En ese sentido, el presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos de Tabasco, José María Nieto Contreras , consideró que ante el incremento de la afluencia a las instalaciones del SAT se hace cada vez más necesaria la apertura de un mayor número de ventanillas y la ampliación de horarios de atención, para desahogar la carga de trámites que se van acumulando.

Reconoció que las autoridades han avanzado abriendo un portal, precisamente de citas virtuales, pero aún así las colas son largas.

Esto debido a que como resultado de las reformas fiscales surge la necesidad de revisar cómo están en el padrón los contribuyentes.

Mencionó que anteriormente uno podía tramitar su RFC con la CURP en línea, pero eliminaron esa posibilidad, y ahora necesariamente, todos los contribuyentes tienen que sacar una cita, lo cual se complica por los plazos fatales en las declaraciones.

Asimismo, la reforma fiscal planteó la desaparición de los Repecos y del régimen de intermediarios; en lugar de estos se creó el régimen de Incorporación al que entrarán las personas físicas con actividad empresarial e ingresos menores a 2 millones de pesos.

En el caso de Tabasco, para el mes de marzo se espera la declaración de unas 10 mil personas morales que conforman el padrón de contribuyentes, que es superior a las 948 mil personas.

No obstante, de éstas, más de 550 mil son asalariadas, y en caso de que tengan un patrón no están obligadas a declarar; pero si tienen deducciones personales, que puedan resultar en un saldo a favor, pueden presentar su declaración en cualquier momento del año.

Para presentar la declaración anual, es necesario que el contribuyente cuente con su e.firma (firma digital); si está próxima a vencer o tiene menos de un año de vencida, puede ser renovada en línea, pero si perdió su vigencia hace más de un año, no podrá realizarse de esta manera; tampoco se hará en línea si la firma digital está vencida y requiere realizar un cambio de representante legal.

Te puede interesar: ¿Quiénes son las personas jubiladas que deberán presentar su declaración anual 2022?


El trámite

Para la presentación de la declaración anual, se deberá ingresar a la página de internet del SAT, para lo cual se debe tener a la mano el RFC de 13 dígitos y la contraseña; luego se deberá seleccionar, en la parte superior izquierda, la pestaña de declaraciones; elegir si es persona física o moral; se desplegará un menú en el que se deberá colocar el RFC, contraseña, e.firma (antes firma electrónica) y mandar los datos.

Posteriormente, se desplegará una hoja de cálculo, en la cual se deberán colocar los datos que pide el SAT; una vez completado el formulario, se envía, y posteriormente se recibirá un acuse de recepción de la información, con número de operación y sello digital.

Durante marzo millones de contribuyentes deberán cumplir con su declaración anual 2021, lo cual podría saturar la afluencia de las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Según el calendario establecido por el SAT, las personas morales deberán cumplir con esta obligación fiscal entre el 1 y el 31 de marzo, mientras que las físicas tienen como periodo del 1 al 30 de abril de 2022.

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Por tal motivo y para brindar los servicios necesarios, el organismo anunció que extenderá sus horarios de atención a partir del lunes 7 al viernes 11 de marzo, y del martes 22 al viernes 25 del mismo mes, en horario de 9 de la mañana a 5 de la tarde.

En ese sentido, el presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos de Tabasco, José María Nieto Contreras , consideró que ante el incremento de la afluencia a las instalaciones del SAT se hace cada vez más necesaria la apertura de un mayor número de ventanillas y la ampliación de horarios de atención, para desahogar la carga de trámites que se van acumulando.

Reconoció que las autoridades han avanzado abriendo un portal, precisamente de citas virtuales, pero aún así las colas son largas.

Esto debido a que como resultado de las reformas fiscales surge la necesidad de revisar cómo están en el padrón los contribuyentes.

Mencionó que anteriormente uno podía tramitar su RFC con la CURP en línea, pero eliminaron esa posibilidad, y ahora necesariamente, todos los contribuyentes tienen que sacar una cita, lo cual se complica por los plazos fatales en las declaraciones.

Asimismo, la reforma fiscal planteó la desaparición de los Repecos y del régimen de intermediarios; en lugar de estos se creó el régimen de Incorporación al que entrarán las personas físicas con actividad empresarial e ingresos menores a 2 millones de pesos.

En el caso de Tabasco, para el mes de marzo se espera la declaración de unas 10 mil personas morales que conforman el padrón de contribuyentes, que es superior a las 948 mil personas.

No obstante, de éstas, más de 550 mil son asalariadas, y en caso de que tengan un patrón no están obligadas a declarar; pero si tienen deducciones personales, que puedan resultar en un saldo a favor, pueden presentar su declaración en cualquier momento del año.

Para presentar la declaración anual, es necesario que el contribuyente cuente con su e.firma (firma digital); si está próxima a vencer o tiene menos de un año de vencida, puede ser renovada en línea, pero si perdió su vigencia hace más de un año, no podrá realizarse de esta manera; tampoco se hará en línea si la firma digital está vencida y requiere realizar un cambio de representante legal.

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El trámite

Para la presentación de la declaración anual, se deberá ingresar a la página de internet del SAT, para lo cual se debe tener a la mano el RFC de 13 dígitos y la contraseña; luego se deberá seleccionar, en la parte superior izquierda, la pestaña de declaraciones; elegir si es persona física o moral; se desplegará un menú en el que se deberá colocar el RFC, contraseña, e.firma (antes firma electrónica) y mandar los datos.

Posteriormente, se desplegará una hoja de cálculo, en la cual se deberán colocar los datos que pide el SAT; una vez completado el formulario, se envía, y posteriormente se recibirá un acuse de recepción de la información, con número de operación y sello digital.

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