/ viernes 13 de septiembre de 2019

No hay notificación del recurso contra Ley Antiextorsión, insiste Asuntos Jurídicos

El Coordinador Jurídico del gobierno de Tabasco dijo desconocer cuanto tiempo tomará a la corte resolver en definitiva la controversia

A pesar de que ya fueron admitidos los recursos de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que presentaron la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), contra la reforma al Código Penal por la llamada "Ley Garrote", el coordinador jurídico del gobierno de Tabasco Guillermo del Rivero insistió en que no han sido notificados.

Aclaro que hasta el momento no cuenta con ninguna sobre la admisión de la acción de inconstitucionalidad sobre la mal llamada "Ley Garrote" y precisó que eso no significa que se ordena la suspensión de la ley, hasta que no exista una sentencia definitiva y, mientras tanto, la Ley Antiextorsión se seguirá aplicando.

Cabe destacar, que la CNDH y la CEDH presentaron el pasado viernes 30 de agosto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma al Código Penal de Tabasco que crea la Ley Antiextorsión o mejor conocida como la “Ley Garrote” y que aprobó en el Congreso de Tabasco la Bancada de Morena, que tiene mayoría.

Este recurso presentado por la CNDH, es en atención a la solicitud que hicieron por escrito los diputados locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) del Congreso de Tabasco.

El pasado lunes 29 de julio el Congreso de Tabasco a Iniciativa del gobernador, Adán Augusto López Hernández, aprobó la llamada Ley Garrote con el aval de la mayoría de Morena en el Congreso local.

La reforma al Código Penal impone prisión de seis y hasta 20 años a quienes pretendan extorsionar por medio del bloqueo de vías de comunicación a empresas que realicen obras públicas y privadas en la entidad, así como a quien obstruya el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para estas.

En otro tema, el coordinador de Asuntos Jurídicos del Gobierno del Estado, Guillermo del Rivero León, expuso que aunque todavía no conoce la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la ley es muy clara y esta marca que no hay efectos retroactivos, salvo que fuera materia penal, pero en este caso es electoral.

Comentó que si la SCJN ordena en su sentencia contra la disminución de prerrogativas al 50 por ciento, devolver el recurso a los partidos políticos.

A pesar de que ya fueron admitidos los recursos de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que presentaron la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), contra la reforma al Código Penal por la llamada "Ley Garrote", el coordinador jurídico del gobierno de Tabasco Guillermo del Rivero insistió en que no han sido notificados.

Aclaro que hasta el momento no cuenta con ninguna sobre la admisión de la acción de inconstitucionalidad sobre la mal llamada "Ley Garrote" y precisó que eso no significa que se ordena la suspensión de la ley, hasta que no exista una sentencia definitiva y, mientras tanto, la Ley Antiextorsión se seguirá aplicando.

Cabe destacar, que la CNDH y la CEDH presentaron el pasado viernes 30 de agosto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma al Código Penal de Tabasco que crea la Ley Antiextorsión o mejor conocida como la “Ley Garrote” y que aprobó en el Congreso de Tabasco la Bancada de Morena, que tiene mayoría.

Este recurso presentado por la CNDH, es en atención a la solicitud que hicieron por escrito los diputados locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) del Congreso de Tabasco.

El pasado lunes 29 de julio el Congreso de Tabasco a Iniciativa del gobernador, Adán Augusto López Hernández, aprobó la llamada Ley Garrote con el aval de la mayoría de Morena en el Congreso local.

La reforma al Código Penal impone prisión de seis y hasta 20 años a quienes pretendan extorsionar por medio del bloqueo de vías de comunicación a empresas que realicen obras públicas y privadas en la entidad, así como a quien obstruya el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para estas.

En otro tema, el coordinador de Asuntos Jurídicos del Gobierno del Estado, Guillermo del Rivero León, expuso que aunque todavía no conoce la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la ley es muy clara y esta marca que no hay efectos retroactivos, salvo que fuera materia penal, pero en este caso es electoral.

Comentó que si la SCJN ordena en su sentencia contra la disminución de prerrogativas al 50 por ciento, devolver el recurso a los partidos políticos.

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