/ miércoles 21 de noviembre de 2018

Mayoría simple de SCJN bastaría para revertirlas: CAT

el presidente del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes Ramos, confió en que se puedan revertir tales ordenamientos.

Tras considerar oportuno que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya dado entrada a la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), en contra de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, el presidente del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes Ramos, confió en que se puedan revertir tales ordenamientos.

Indicó que bastaría con una mayoría simple de los integrantes de la SCJN para dar marcha atrás a esta medida que permite asignaciones directas de obra sin licitación, en el caso de la Refinería que pretende construir en el Puerto de Dos Bocas el Presidente Electo de México, Andrés Manuel López Obrador.

"Hay que esperar, pero lo por lo pronto fue admitida y sigue su curso legal, ya será cuestión del Pleno de la Suprema Corte, bastaría con una mayoría simple para aprobarlo pero con 8 votos tiene", señaló.

Explicó que se trata de una acción de inconstitucionalidad que fue admitida y lo que sigue es dar paso a lasinstrucciones en la que se va a dar vista a las partes y se harán alegatos, porque son leyes que se están impugnando.

"Pero en mi opinión es totalmente procedente la acción, con 8 votos alcanza efectos generales inclusive", insistió.

Para ello, dijo que en su momento se dará vista al Congreso del estado para que conteste, que es lo que se conoce como la etapa de instrucción en un juicio, y luego sigue la calificación.

“Pero lo importante a mí me parece el hecho de que no hayan dictado la suspensión ya que es algo gravoso, algo que no causa los efectos que deberían haberse dictado, porque cuando se trata de leyes la suspensión puede dictarse para evitar que pueda aplicarse y que haya efectos patrimoniales”, estableció.

El fin de semana pasado la SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), en contra de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ambas de Tabasco.

Para ello, fueron impugnados los Artículos 45, fracciones XI y XII, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 2, fracción XIV; 38, fracción IV, y 39, fracciones XI y XII, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ambas del Estado de Tabasco.

Cabe señalar que estás reformas se hicieron mediante Decreto número 001 publicado en el Periódico oficial de la entidad el 13 octubre de 2018.


Tras considerar oportuno que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya dado entrada a la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), en contra de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, el presidente del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes Ramos, confió en que se puedan revertir tales ordenamientos.

Indicó que bastaría con una mayoría simple de los integrantes de la SCJN para dar marcha atrás a esta medida que permite asignaciones directas de obra sin licitación, en el caso de la Refinería que pretende construir en el Puerto de Dos Bocas el Presidente Electo de México, Andrés Manuel López Obrador.

"Hay que esperar, pero lo por lo pronto fue admitida y sigue su curso legal, ya será cuestión del Pleno de la Suprema Corte, bastaría con una mayoría simple para aprobarlo pero con 8 votos tiene", señaló.

Explicó que se trata de una acción de inconstitucionalidad que fue admitida y lo que sigue es dar paso a lasinstrucciones en la que se va a dar vista a las partes y se harán alegatos, porque son leyes que se están impugnando.

"Pero en mi opinión es totalmente procedente la acción, con 8 votos alcanza efectos generales inclusive", insistió.

Para ello, dijo que en su momento se dará vista al Congreso del estado para que conteste, que es lo que se conoce como la etapa de instrucción en un juicio, y luego sigue la calificación.

“Pero lo importante a mí me parece el hecho de que no hayan dictado la suspensión ya que es algo gravoso, algo que no causa los efectos que deberían haberse dictado, porque cuando se trata de leyes la suspensión puede dictarse para evitar que pueda aplicarse y que haya efectos patrimoniales”, estableció.

El fin de semana pasado la SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), en contra de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ambas de Tabasco.

Para ello, fueron impugnados los Artículos 45, fracciones XI y XII, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 2, fracción XIV; 38, fracción IV, y 39, fracciones XI y XII, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ambas del Estado de Tabasco.

Cabe señalar que estás reformas se hicieron mediante Decreto número 001 publicado en el Periódico oficial de la entidad el 13 octubre de 2018.


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