/ jueves 27 de agosto de 2020

Ley Antichatarra y sus prohibiciones; conoce los detalles

Desde el pasado 21 de agosto en Tabasco quedó prohibida la venta de alimentos chatarra a menores de edad; podrían consumirlos solo proporcionados por los padres o tutores

El gobierno de Tabasco publicó en el Periódico Oficial del Estado la llamada Ley “Antichatarra” el pasado 21 de agosto, días después que fuera aprobada con la ventaja de la mayoría de MORENA en el Congreso local.

Por lo que ya está prohibida la venta, distribución, donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas preenvasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparados con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma sólida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, a menores de edad.

A excepción de que estos les sean proporcionados por sus madres, padres o tutores legales. También queda prohibida la instalación de máquinas expendedoras de estos productos en el territorio del Estado.

Así como la colocación de anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad referente a las prohibiciones de esta ley fuera de un radio de 300 metros de centros educativos de nivel básico y centros de atención médica ambulatoria y hospitalaria.

Cuando el anuncio, cartel o cualquier tipo de publicidad se trate de la promoción de este tipo de productos la tarifa para el pago de los derechos se aumentará en un 25 por ciento.

Por lo que aquellos establecimientos que violen lo dispuesto se harán acreedores a las sanciones que correspondan en los términos de la Ley.

Para limitar cuáles son los productos que están restringidos a la venta para los menores, la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría para el Desarrollo Económico y la Competitividad (SEDEC), deberán emitir el listado correspondiente.

En el Decreto además se señala que las escuelas de educación básica deberán fomentar la adopción de hábitos de alimentación saludable, así como el deporte al aire libre, cuando menos durante 20 minutos diarios.

Ahora sólo falta que la Secretaría de Salud publique la lista de alimentos específicos a los que hace alusión esta reforma, algo que quedará la próxima semana, según expresó la titular del ramo, Silvia Roldán Fernández.


Sin embargo, diversos actores políticos buscan que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y su homóloga en el estado interpongan recursos de anticonstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La diputada Federal, Soraya Pérez Munguía tramitó una solicitud ante el organismo en la Ciudad de México y el dirigente estatal del PRD, Francisco Javier Cabrera Sandoval hizo lo propio ante la CEDH. Y finalmente el PAN anunció amparos para apoyar a los comerciantes afectados por la medida.

El gobierno de Tabasco publicó en el Periódico Oficial del Estado la llamada Ley “Antichatarra” el pasado 21 de agosto, días después que fuera aprobada con la ventaja de la mayoría de MORENA en el Congreso local.

Por lo que ya está prohibida la venta, distribución, donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas preenvasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparados con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma sólida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, a menores de edad.

A excepción de que estos les sean proporcionados por sus madres, padres o tutores legales. También queda prohibida la instalación de máquinas expendedoras de estos productos en el territorio del Estado.

Así como la colocación de anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad referente a las prohibiciones de esta ley fuera de un radio de 300 metros de centros educativos de nivel básico y centros de atención médica ambulatoria y hospitalaria.

Cuando el anuncio, cartel o cualquier tipo de publicidad se trate de la promoción de este tipo de productos la tarifa para el pago de los derechos se aumentará en un 25 por ciento.

Por lo que aquellos establecimientos que violen lo dispuesto se harán acreedores a las sanciones que correspondan en los términos de la Ley.

Para limitar cuáles son los productos que están restringidos a la venta para los menores, la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría para el Desarrollo Económico y la Competitividad (SEDEC), deberán emitir el listado correspondiente.

En el Decreto además se señala que las escuelas de educación básica deberán fomentar la adopción de hábitos de alimentación saludable, así como el deporte al aire libre, cuando menos durante 20 minutos diarios.

Ahora sólo falta que la Secretaría de Salud publique la lista de alimentos específicos a los que hace alusión esta reforma, algo que quedará la próxima semana, según expresó la titular del ramo, Silvia Roldán Fernández.


Sin embargo, diversos actores políticos buscan que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y su homóloga en el estado interpongan recursos de anticonstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La diputada Federal, Soraya Pérez Munguía tramitó una solicitud ante el organismo en la Ciudad de México y el dirigente estatal del PRD, Francisco Javier Cabrera Sandoval hizo lo propio ante la CEDH. Y finalmente el PAN anunció amparos para apoyar a los comerciantes afectados por la medida.

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