/ viernes 31 de julio de 2020

Impugna PAN ante la SCJN desaparición de Juntas Municipales del IEPCT

El Congreso de Tabasco con mayoría de Morena, aprobó la iniciativa enviada por el gobernador Adán Augusto López Hernández

Al considerar que con la desaparición de las Juntas municipales del IEPCT, se estarían violando preceptos constitucionales y derechos humanos, el Partido Acción Nacional en Tabasco promovió el recurso de Acción de Inconstitucionalidad en contra del Decreto número 202 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco respecto a la desaparición de los Órganos Municipales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.

En un comunicado señalan que el Artículo 1 de la Constitución Política de México, establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Cabe señalar que la iniciativa fue presentada por el gobernador de Tabasco, Adán Augusto López Hernández.

El PAN, añade que consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Foto: Fernando Hernández


"Acción Nacional en Tabasco, siempre ha sido respetuoso de la democracia y tomas de decisiones, pero en este caso la queja interpuesta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es una lucha contra un acto arbitrario, pues fue avalado sin mayor discusión y análisis, y sin ser consultado con los órganos electorales locales y federales", recalcó.

Destaca que cuando tomaron esta decisión no pensaron en la posibilidad de una impugnación, lo que, si llegase a pasar, no se economizaría nada; es decir, con una impugnación que haya es adiós al ahorro.

Al igual que con esto se están vulnerando los derechos políticos electorales de quienes resulten candidatos a las alcaldías y regidurías, dado que no se estaría respetando la equidad en la contienda de todos los que participen.

Al considerar que con la desaparición de las Juntas municipales del IEPCT, se estarían violando preceptos constitucionales y derechos humanos, el Partido Acción Nacional en Tabasco promovió el recurso de Acción de Inconstitucionalidad en contra del Decreto número 202 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco respecto a la desaparición de los Órganos Municipales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.

En un comunicado señalan que el Artículo 1 de la Constitución Política de México, establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Cabe señalar que la iniciativa fue presentada por el gobernador de Tabasco, Adán Augusto López Hernández.

El PAN, añade que consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Foto: Fernando Hernández


"Acción Nacional en Tabasco, siempre ha sido respetuoso de la democracia y tomas de decisiones, pero en este caso la queja interpuesta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es una lucha contra un acto arbitrario, pues fue avalado sin mayor discusión y análisis, y sin ser consultado con los órganos electorales locales y federales", recalcó.

Destaca que cuando tomaron esta decisión no pensaron en la posibilidad de una impugnación, lo que, si llegase a pasar, no se economizaría nada; es decir, con una impugnación que haya es adiós al ahorro.

Al igual que con esto se están vulnerando los derechos políticos electorales de quienes resulten candidatos a las alcaldías y regidurías, dado que no se estaría respetando la equidad en la contienda de todos los que participen.

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