/ martes 2 de marzo de 2021

Gobierno de Tabasco respetará resolución de la SCJN

La administración estatal señala que no comparte el fallo de la Corte, argumenta que la Ley Garrote busca proteger el patrimonio e integridad de las personas

El gobierno del estado respetará la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pese a que el fallo respecto a la llamada Ley Garrote le sea adverso.

De acuerdo al coordinador General de Asuntos Jurídicos del Gobierno del Estado, Guillermo del Rivero León, la administración estatal respeta, aunque no comparte la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó cuatro artículos del Código Penal de Tabasco, reformados en el 2019.

Además señaló que no hubo un consenso, dado que se presentaron posturas contradictorias a tal grado de acordar continuar su estudio durante una sesión posterior.

Guillermo del Rivero León.


Aunque somos respetuosos de la decisión vertida por el máximo tribunal, no la compartimos dado que no existió una exposición clara y precisa de los criterios, argumentos y consideraciones de los ministros para emitir sus votos

Sin embargo dijo que se avalaron los artículos 196, 306 y 307, que se habían reformado, con lo que queda de manifiesto que las reformas realizadas a los delitos de extorsión, y de interrupción o dificultamiento del servicio público local de comunicación, así como el incremento de las penas previstas para ambos, son válidas.

Agregó que esto significa que esas adecuaciones son constitucionales pues no violan ningún derecho fundamental, sino que por el contrario, buscan proteger el patrimonio y la integridad de las personas.

El gobierno del estado respetará la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pese a que el fallo respecto a la llamada Ley Garrote le sea adverso.

De acuerdo al coordinador General de Asuntos Jurídicos del Gobierno del Estado, Guillermo del Rivero León, la administración estatal respeta, aunque no comparte la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó cuatro artículos del Código Penal de Tabasco, reformados en el 2019.

Además señaló que no hubo un consenso, dado que se presentaron posturas contradictorias a tal grado de acordar continuar su estudio durante una sesión posterior.

Guillermo del Rivero León.


Aunque somos respetuosos de la decisión vertida por el máximo tribunal, no la compartimos dado que no existió una exposición clara y precisa de los criterios, argumentos y consideraciones de los ministros para emitir sus votos

Sin embargo dijo que se avalaron los artículos 196, 306 y 307, que se habían reformado, con lo que queda de manifiesto que las reformas realizadas a los delitos de extorsión, y de interrupción o dificultamiento del servicio público local de comunicación, así como el incremento de las penas previstas para ambos, son válidas.

Agregó que esto significa que esas adecuaciones son constitucionales pues no violan ningún derecho fundamental, sino que por el contrario, buscan proteger el patrimonio y la integridad de las personas.

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