/ miércoles 9 de noviembre de 2022

Empresarios tabasqueños no tienen previsto usar esquemas crediticios para el pago de aguinaldos

Esto a pesar de que por tercer año consecutivo los patrones se las verán difíciles para cubrir las prestaciones de fin de año a que tienen derecho sus empleados

Hasta el momento el empresariado tabasqueño no tiene previsto utilizar esquemas crediticios para poder hacer frente al pago de los aguinaldos. Esto a pesar de que por tercer año consecutivo los patrones se las verán difíciles para cubrir las prestaciones de fin de año a que tienen derecho sus empleados.

No obstante, tomando en cuenta la derrama de diciembre del año pasado tanto del gobierno del estado, Petróleos Mexicanos, magisterio local e Iniciativa Privada, en esta ocasión estaría oscilando los 6 mil millones de pesos.

Lee más: Coparmex y Canaco reprochan agresión a mujer en Paseo Tabasco

Cabe señalar que el aguinaldo es una conquista sindical que está considerado por la ley laboral vigente como un ingreso para el trabajador, por lo que está sujeto al pago de ISR y será obligatorio para el patrón hacer el cálculo y retener el impuesto correspondiente.

El aguinaldo en México para los trabajadores en el sector privado es de mínimo 15 días de salario. En el caso de los burócratas o empleados del sector público, el aguinaldo llega hasta 85 días, en el caso de los sindicalizados al servicio del estado, mientras que algunos sectores del magisterio llegan a recibir hasta 90 días.

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Además, la ley señala que los empleados que por cualquier motivo no trabajen el año completo, tienen derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo efectivamente trabajado.

Representantes de cámaras y organismos empresariales confiaron en que a pesar de que vienen saliendo de la emergencia sanitaria por Covid 19, puedan estar en condiciones de pagar el aguinaldo y otras prestaciones de fin de año.

“Hasta el momento no hemos tenido alguna empresa que nos haga del conocimiento que va a tener problemas”, señaló el presidente de la Coparmex local, José Luis Zúñiga Lozano.

Por ello, dijo que esperan tener un buen nivel de cumplimiento como ha sido cada año. “El pago siempre sea hecho en tiempo y forma, en el pago de obligaciones que tenemos, y de forma gustosa, no ha sido nada fácil pero como empresarios sabemos los retos que tenemos que enfrentar”, aseveró.

Con él coincidió el presidente de la Canacintra, Waldo Carrasco Hurtado, quien confió en que a pesar de las dificultades se pueda hacer como siempre el pago de las prestaciones a sus empleados y colaboradores.

“Sí, sí, la verdad es que este segundo semestre se han levantado muy bien las ventas y eso permitirá que estemos en mejores condiciones de hacer frente a estas obligaciones”, agregó.

Mientras que el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CANACO) Villahermosa, Manuel Antonio Miranda Hernández aseguró que no habrá mayores complicaciones para cumplir con el pago de aguinaldos en diciembre.

Refirió que para el último bimestre se tienen buenas expectativas de ventas, por lo que cada empresa sabe la obligación que tiene con sus trabajadores en cuanto al pago de prestaciones de fin de año.

“A fin de cuentas cada negocio determinará con sus trabajadores la forma de pago”, destacó. Cabe señalar que el aguinaldo es una de las prestaciones laborales que mayor beneficio representa para los trabajadores en México, ya que su pago se realiza entre noviembre y diciembre, cercano a los festejos navideños y fin de año.

Desde 1970 se estableció en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que todos los trabajadores, ya sean de planta, sindicalizados, contratados por obra o eventuales, deben recibir el aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año.

¿En qué consiste el aguinaldo?

Se trata de un pago anual en efectivo y en moneda nacional que se realiza a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito o transferencias, por ello, no está permitido realizar este pago con mercancías, vales o algún sustituto de la moneda.

Su equivalente debe ser a quince días de salario como mínimo, sin embargo, el monto puede variar según la empresa o la antigüedad como trabajador.

En ningún momento las empresas o patrones deben argumentar dificultades económicas en tu trabajo para no pagar o reducir el importe del aguinaldo.


Hasta el momento el empresariado tabasqueño no tiene previsto utilizar esquemas crediticios para poder hacer frente al pago de los aguinaldos. Esto a pesar de que por tercer año consecutivo los patrones se las verán difíciles para cubrir las prestaciones de fin de año a que tienen derecho sus empleados.

No obstante, tomando en cuenta la derrama de diciembre del año pasado tanto del gobierno del estado, Petróleos Mexicanos, magisterio local e Iniciativa Privada, en esta ocasión estaría oscilando los 6 mil millones de pesos.

Lee más: Coparmex y Canaco reprochan agresión a mujer en Paseo Tabasco

Cabe señalar que el aguinaldo es una conquista sindical que está considerado por la ley laboral vigente como un ingreso para el trabajador, por lo que está sujeto al pago de ISR y será obligatorio para el patrón hacer el cálculo y retener el impuesto correspondiente.

El aguinaldo en México para los trabajadores en el sector privado es de mínimo 15 días de salario. En el caso de los burócratas o empleados del sector público, el aguinaldo llega hasta 85 días, en el caso de los sindicalizados al servicio del estado, mientras que algunos sectores del magisterio llegan a recibir hasta 90 días.

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Además, la ley señala que los empleados que por cualquier motivo no trabajen el año completo, tienen derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo efectivamente trabajado.

Representantes de cámaras y organismos empresariales confiaron en que a pesar de que vienen saliendo de la emergencia sanitaria por Covid 19, puedan estar en condiciones de pagar el aguinaldo y otras prestaciones de fin de año.

“Hasta el momento no hemos tenido alguna empresa que nos haga del conocimiento que va a tener problemas”, señaló el presidente de la Coparmex local, José Luis Zúñiga Lozano.

Por ello, dijo que esperan tener un buen nivel de cumplimiento como ha sido cada año. “El pago siempre sea hecho en tiempo y forma, en el pago de obligaciones que tenemos, y de forma gustosa, no ha sido nada fácil pero como empresarios sabemos los retos que tenemos que enfrentar”, aseveró.

Con él coincidió el presidente de la Canacintra, Waldo Carrasco Hurtado, quien confió en que a pesar de las dificultades se pueda hacer como siempre el pago de las prestaciones a sus empleados y colaboradores.

“Sí, sí, la verdad es que este segundo semestre se han levantado muy bien las ventas y eso permitirá que estemos en mejores condiciones de hacer frente a estas obligaciones”, agregó.

Mientras que el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CANACO) Villahermosa, Manuel Antonio Miranda Hernández aseguró que no habrá mayores complicaciones para cumplir con el pago de aguinaldos en diciembre.

Refirió que para el último bimestre se tienen buenas expectativas de ventas, por lo que cada empresa sabe la obligación que tiene con sus trabajadores en cuanto al pago de prestaciones de fin de año.

“A fin de cuentas cada negocio determinará con sus trabajadores la forma de pago”, destacó. Cabe señalar que el aguinaldo es una de las prestaciones laborales que mayor beneficio representa para los trabajadores en México, ya que su pago se realiza entre noviembre y diciembre, cercano a los festejos navideños y fin de año.

Desde 1970 se estableció en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que todos los trabajadores, ya sean de planta, sindicalizados, contratados por obra o eventuales, deben recibir el aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año.

¿En qué consiste el aguinaldo?

Se trata de un pago anual en efectivo y en moneda nacional que se realiza a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito o transferencias, por ello, no está permitido realizar este pago con mercancías, vales o algún sustituto de la moneda.

Su equivalente debe ser a quince días de salario como mínimo, sin embargo, el monto puede variar según la empresa o la antigüedad como trabajador.

En ningún momento las empresas o patrones deben argumentar dificultades económicas en tu trabajo para no pagar o reducir el importe del aguinaldo.


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