/ viernes 20 de octubre de 2023

Deudores alimentarios no podrán ser candidatos en Tabasco

Elizabeth Nava, presidenta del IEPCT afirmó que en el caso de los acusados de violencia política de género se va a revisar en el Consejo Estatal y después se dará una resolución

Luego que el Consejo Estatal aprobó la convocatoria del proceso electoral ordinario 2023-2024 para renovar los Poderes Ejecutivo, Legislativo y los 17 ayuntamientos, la presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Elizabeth Nava Gutiérrez confirmó que deudores alimentarios no podrán ser candidatos, mientras el tema los violentadores se tendrá que analizar.

En entrevista afirmó que en el caso de los acusados de violencia política de género se va a revisar en el Consejo Estatal y después se dará una resolución. "Pero lo interesante será cómo se va a verificar estos supuestos", apuntó para luego mencionar que en el tema de la ley general de niños, niñas y adolescentes, el DIF será el órgano competente que deberá otorgar una constancia.

Lee más:Asegura PAN que ley 3 de 3 cerró las puertas a Evaristo para elecciones 2024

Añadió que se está en la etapa de la transición en lo que se hace una reforma y empieza su aplicación. Sin embargo el IEPCT ya hizo un convenio con el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para poder verificar en ese listado los deudores alimentarios, y es ahí donde se plasmara un lineamiento de la Ley 3 de 3 para que la ciudadanía tenga ese conocimiento.

"Si es deudor alimentario no podrá participar en el proceso electoral. Y de aquellos que están inscritos en el padrón de violentadores, no podrán participar aquellos supuestos si el órgano judicial inhabilitó sus derechos políticos para el registro de una candidatura", explicó.

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Insistió que no hay un reglamento o lineamientos de la Cámara de Diputados Federal sobre cómo se va a operar esta cuestión, "entonces entra la facultad reglamentaria para ver cual seria la forma para garantizar de que no podrá llegar una de esas personas a registrarse como candidato".

Reconoció que aún existen muchas lagunas y muchas cosas qué hacer, porque hay que entender que son dos cosas diferentes, una que marca que no podrá ser candidato y la otra que no podrá ser servidor público.

Rechazó que este órgano electoral haya lanzado una convocatoria "mocha" para la renovación de los integrantes de los poderes ejecutivo, legislativo y ayuntamientos, lo único que se tiene que verificar es la parte de la Ley 3 de 3.

Será la próxima semana cuando en sesión extraordinaria del Consejo Estatal se analizará y se aprobará ese lineamiento pendiente de la Ley 3 de 3.

Y es que el registro de candidaturas es hasta el 2024 "por lo que estamos en tiempo y forma; y los partidos políticos ya tienen conocimiento de la Ley 3 de 3 es algo que se tiene que aplicar".

Luego que el Consejo Estatal aprobó la convocatoria del proceso electoral ordinario 2023-2024 para renovar los Poderes Ejecutivo, Legislativo y los 17 ayuntamientos, la presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Elizabeth Nava Gutiérrez confirmó que deudores alimentarios no podrán ser candidatos, mientras el tema los violentadores se tendrá que analizar.

En entrevista afirmó que en el caso de los acusados de violencia política de género se va a revisar en el Consejo Estatal y después se dará una resolución. "Pero lo interesante será cómo se va a verificar estos supuestos", apuntó para luego mencionar que en el tema de la ley general de niños, niñas y adolescentes, el DIF será el órgano competente que deberá otorgar una constancia.

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Añadió que se está en la etapa de la transición en lo que se hace una reforma y empieza su aplicación. Sin embargo el IEPCT ya hizo un convenio con el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para poder verificar en ese listado los deudores alimentarios, y es ahí donde se plasmara un lineamiento de la Ley 3 de 3 para que la ciudadanía tenga ese conocimiento.

"Si es deudor alimentario no podrá participar en el proceso electoral. Y de aquellos que están inscritos en el padrón de violentadores, no podrán participar aquellos supuestos si el órgano judicial inhabilitó sus derechos políticos para el registro de una candidatura", explicó.

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Insistió que no hay un reglamento o lineamientos de la Cámara de Diputados Federal sobre cómo se va a operar esta cuestión, "entonces entra la facultad reglamentaria para ver cual seria la forma para garantizar de que no podrá llegar una de esas personas a registrarse como candidato".

Reconoció que aún existen muchas lagunas y muchas cosas qué hacer, porque hay que entender que son dos cosas diferentes, una que marca que no podrá ser candidato y la otra que no podrá ser servidor público.

Rechazó que este órgano electoral haya lanzado una convocatoria "mocha" para la renovación de los integrantes de los poderes ejecutivo, legislativo y ayuntamientos, lo único que se tiene que verificar es la parte de la Ley 3 de 3.

Será la próxima semana cuando en sesión extraordinaria del Consejo Estatal se analizará y se aprobará ese lineamiento pendiente de la Ley 3 de 3.

Y es que el registro de candidaturas es hasta el 2024 "por lo que estamos en tiempo y forma; y los partidos políticos ya tienen conocimiento de la Ley 3 de 3 es algo que se tiene que aplicar".

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