/ miércoles 10 de febrero de 2021

Deuda e irregularidades: 6 claves del acuerdo Tabasco – CFE

El documento fue dado a conocer a través de Twitter por el gobernador Adán Augusto López Hernández; sin embargo, carece de efectos legales 

Este miércoles, el gobernador Adán Augusto López Hernández publicó el documento que contiene el acuerdo entre el gobierno estatal y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que resuelve la deuda histórica de los usuarios del servicio eléctrico por 11 mil millones de pesos, mismo que presenta irregularidades jurídicas como la no aprobación del Congreso del Estado, además de comprometer las participaciones federales de Tabasco.

EL ACUERDO, “DESMENUZADO”

1.- COMPROMETE PARTICIPACIONES FEDERALES: El Ejecutivo estatal hizo explícito su consentimiento "con carácter de irrevocable" para que, en caso de incumplimiento en el pago a las parcialidades, la CFE pida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público compense el monto, con cargo a las participaciones federales que le correspondan al estado de Tabasco.

2.- ES INCONSTITUCIONAL: El documento denominado "Convenio de colaboración para el otorgamiento de un apoyo tarifario", efectuado entre el Gobierno del Estado de Tabasco con la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para poner fin a la deuda histórica acrecentada por años de resistencia civil, contiene presuntas irregularidades jurídicas que contravienen a la constitución local, al no haber sido aprobado por el Congreso del Estado.

3.- IGNORA GOBIERNO ESTATAL AL CONGRESO: En términos del artículo 33 de la Constitución local, este tipo de situaciones deben ser aprobadas por el Congreso; “El gobernador no puede disponer de la Hacienda Pública, comprometerla como si fuera su bolsillo o su Hacienda particular”, señaló el abogado Sergio Antonio Reyes Ramos.

4. DEBE PUBLICARSE EN EL DIARIO OFICIAL: Para que el documento tenga efectos jurídicos, debe estar publicado formalmente en el Diario Oficial. Su publicación en redes sociales carece de validez, afirmó el jurista

5. CONTRAE UNA DEUDA POR MÁS DE 2 MIL MILLONES DE PESOS: Para cumplir con las formalidades y conocer el documento, es indispensable que el instrumento sea autorizado por Poder Legislativo, esto de acuerdo al artículo 36 fracción XI se la Constitución Política del Estado al contratar una deuda pública que seguramente será transexenal.

6. SI NO ESTÁ PUBLICADO, NO ENTRA EN VIGOR: En Tabasco, por disposición del Código Civil, en todos los acuerdos, leyes, decretos, reglamentos que tengan efectos, tienen que ser publicado antes de su entrada en vigor.

Este miércoles, el gobernador Adán Augusto López Hernández publicó el documento que contiene el acuerdo entre el gobierno estatal y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que resuelve la deuda histórica de los usuarios del servicio eléctrico por 11 mil millones de pesos, mismo que presenta irregularidades jurídicas como la no aprobación del Congreso del Estado, además de comprometer las participaciones federales de Tabasco.

EL ACUERDO, “DESMENUZADO”

1.- COMPROMETE PARTICIPACIONES FEDERALES: El Ejecutivo estatal hizo explícito su consentimiento "con carácter de irrevocable" para que, en caso de incumplimiento en el pago a las parcialidades, la CFE pida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público compense el monto, con cargo a las participaciones federales que le correspondan al estado de Tabasco.

2.- ES INCONSTITUCIONAL: El documento denominado "Convenio de colaboración para el otorgamiento de un apoyo tarifario", efectuado entre el Gobierno del Estado de Tabasco con la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para poner fin a la deuda histórica acrecentada por años de resistencia civil, contiene presuntas irregularidades jurídicas que contravienen a la constitución local, al no haber sido aprobado por el Congreso del Estado.

3.- IGNORA GOBIERNO ESTATAL AL CONGRESO: En términos del artículo 33 de la Constitución local, este tipo de situaciones deben ser aprobadas por el Congreso; “El gobernador no puede disponer de la Hacienda Pública, comprometerla como si fuera su bolsillo o su Hacienda particular”, señaló el abogado Sergio Antonio Reyes Ramos.

4. DEBE PUBLICARSE EN EL DIARIO OFICIAL: Para que el documento tenga efectos jurídicos, debe estar publicado formalmente en el Diario Oficial. Su publicación en redes sociales carece de validez, afirmó el jurista

5. CONTRAE UNA DEUDA POR MÁS DE 2 MIL MILLONES DE PESOS: Para cumplir con las formalidades y conocer el documento, es indispensable que el instrumento sea autorizado por Poder Legislativo, esto de acuerdo al artículo 36 fracción XI se la Constitución Política del Estado al contratar una deuda pública que seguramente será transexenal.

6. SI NO ESTÁ PUBLICADO, NO ENTRA EN VIGOR: En Tabasco, por disposición del Código Civil, en todos los acuerdos, leyes, decretos, reglamentos que tengan efectos, tienen que ser publicado antes de su entrada en vigor.

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