/ domingo 15 de octubre de 2023

Tabasqueño ¿Conoces los impuestos estatales para los servicios de hospedaje?

Esta medida tiene como objetivo fortalecer la recaudación estatal y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales entre los prestadores de servicios de hospedaje

El estado de Tabasco implementa un impuesto estatal dirigido a las personas físicas y jurídicas colectivas que ofrecen servicios de alojamiento temporal a cambio de una contraprestación.

Esta medida tiene como objetivo fortalecer la recaudación estatal y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales entre los prestadores de servicios de hospedaje. A continuación, se detallan los aspectos clave de esta disposición:

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Impuesto de Hospedaje

Los prestadores de servicios de hospedaje, que incluyen hoteles, casas de huéspedes, moteles, albergues, posadas, hosterías, mesones, haciendas, campamentos, bungalows y servicios de hospedaje ofrecidos a través de plataformas tecnológicas y aplicaciones informáticas, deben aplicar un impuesto del 2% sobre el ingreso mensual.

Obligación de Inscripción al Padrón Estatal de Contribuyentes

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Aquellos que ofrezcan servicios de hospedaje están obligados a inscribirse en el Padrón Estatal de Contribuyentes. Este registro es fundamental para cumplir con las disposiciones fiscales y evitar posibles sanciones. Además, contribuir al registro ayuda a impulsar la recaudación estatal que se destina a proyectos de bienestar social.

Valor de la Contraprestación

En los casos en que la prestación de servicios de hospedaje incluya servicios accesorios como transporte, alimentación o el uso de instalaciones, y estos no estén desglosados en la documentación comprobatoria, se considerará que el valor total de la contraprestación corresponde al servicio de hospedaje en sí.

Plazos de Pago

El impuesto de hospedaje debe pagarse mensualmente a más tardar el día 20 del mes siguiente al que se declara. Este plazo es importante para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar sanciones.

Este impuesto estatal tiene como objetivo fomentar la transparencia y la recaudación fiscal entre los prestadores de servicios de hospedaje en Tabasco. Al cumplir con esta normativa, los establecimientos contribuyen al desarrollo de proyectos y obras sociales en el estado.


El estado de Tabasco implementa un impuesto estatal dirigido a las personas físicas y jurídicas colectivas que ofrecen servicios de alojamiento temporal a cambio de una contraprestación.

Esta medida tiene como objetivo fortalecer la recaudación estatal y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales entre los prestadores de servicios de hospedaje. A continuación, se detallan los aspectos clave de esta disposición:

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Impuesto de Hospedaje

Los prestadores de servicios de hospedaje, que incluyen hoteles, casas de huéspedes, moteles, albergues, posadas, hosterías, mesones, haciendas, campamentos, bungalows y servicios de hospedaje ofrecidos a través de plataformas tecnológicas y aplicaciones informáticas, deben aplicar un impuesto del 2% sobre el ingreso mensual.

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Valor de la Contraprestación

En los casos en que la prestación de servicios de hospedaje incluya servicios accesorios como transporte, alimentación o el uso de instalaciones, y estos no estén desglosados en la documentación comprobatoria, se considerará que el valor total de la contraprestación corresponde al servicio de hospedaje en sí.

Plazos de Pago

El impuesto de hospedaje debe pagarse mensualmente a más tardar el día 20 del mes siguiente al que se declara. Este plazo es importante para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar sanciones.

Este impuesto estatal tiene como objetivo fomentar la transparencia y la recaudación fiscal entre los prestadores de servicios de hospedaje en Tabasco. Al cumplir con esta normativa, los establecimientos contribuyen al desarrollo de proyectos y obras sociales en el estado.


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