/ lunes 24 de abril de 2023

Le quitan su silla de trabajo por incumplir metas, ¿esto es legal en México?

Hay centros de trabajo en los que les retiran a sus empleados el asiento si no cumplen con los objetivos

Hace unos días se hizo viral el testimonio de una joven quien denunció de manera pública a un centro de atención al cliente en el que solía trabajar, pues aseguró que a los empleados les quitaban las sillas si no alcanzaban la meta de ventas establecida, pues de esta manera esperaban que cumplieran con los objetivos de la empresa.

Fue así como la chica originaria de Monterrey subió una foto en la que se ve como sus compañeros están realizando llamadas mientras están sentados en el suelo. Este reporte no tardó en generar miles de reacciones, por lo que captó la atención de varios medios de comunicación que expusieron el caso.

Por otro lado, distintos usuarios en las redes señalaron que han tenido experiencias similares, pues sus jefes los castigaban con dejarlos de pie hasta que consiguieran clientes, al igual que otro tipo de acciones similares. Es así como mucha gente se ha preguntado si estás prácticas son legales, a continuación te lo explicaremos:

No te pueden quitar la silla

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los jefes tienen que cumplir con varias obligaciones, una de ellas es proporcionar el número de asientos necesarios para todas las personas que presenten sus servicios.

No importa que la empresa se dedique a las ventas, turismo, administración, manufactura o cualquier otro rubro, se indicó que esto se tiene que cumplir siempre que la naturaleza de las actividades a desempeñar lo permita.

De este modo es como en la LFT en su artículo 132, fracción V, se precisó que los patrones deben “mantener el número suficiente de sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos”.

Por ese motivo, es que no está permitido que en tu trabajo te condición un asiento a cambio de que entregues resultados, ya que esto es un derecho que te corresponde por ley, si lo crees necesario puedes poner una denuncia ante las autoridades correspondientes.

Los reportes se pueden poner ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) se tiene que marcar al 800 911 7877 o al 800 717 29 42, en un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.

Los patrones tienen que poner la herramienta necesaria

En este mismo apartado, se destacó que los patrones igual están obligados a entregar los elementos que se requieran para el trabajo, lo que quiere decir que los empleados no tienen que ocupar su computadora personal, teléfono o cualquier otro aparato, pues la empresa tiene que entregarlo.

Los jefes deben proporcionar “oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes”.

Además, tampoco te pueden cobrar porque los materiales o equipos se gasten por el uso: “El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo”.

Publicado originalmente en El Sol de Puebla

Hace unos días se hizo viral el testimonio de una joven quien denunció de manera pública a un centro de atención al cliente en el que solía trabajar, pues aseguró que a los empleados les quitaban las sillas si no alcanzaban la meta de ventas establecida, pues de esta manera esperaban que cumplieran con los objetivos de la empresa.

Fue así como la chica originaria de Monterrey subió una foto en la que se ve como sus compañeros están realizando llamadas mientras están sentados en el suelo. Este reporte no tardó en generar miles de reacciones, por lo que captó la atención de varios medios de comunicación que expusieron el caso.

Por otro lado, distintos usuarios en las redes señalaron que han tenido experiencias similares, pues sus jefes los castigaban con dejarlos de pie hasta que consiguieran clientes, al igual que otro tipo de acciones similares. Es así como mucha gente se ha preguntado si estás prácticas son legales, a continuación te lo explicaremos:

No te pueden quitar la silla

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los jefes tienen que cumplir con varias obligaciones, una de ellas es proporcionar el número de asientos necesarios para todas las personas que presenten sus servicios.

No importa que la empresa se dedique a las ventas, turismo, administración, manufactura o cualquier otro rubro, se indicó que esto se tiene que cumplir siempre que la naturaleza de las actividades a desempeñar lo permita.

De este modo es como en la LFT en su artículo 132, fracción V, se precisó que los patrones deben “mantener el número suficiente de sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos”.

Por ese motivo, es que no está permitido que en tu trabajo te condición un asiento a cambio de que entregues resultados, ya que esto es un derecho que te corresponde por ley, si lo crees necesario puedes poner una denuncia ante las autoridades correspondientes.

Los reportes se pueden poner ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) se tiene que marcar al 800 911 7877 o al 800 717 29 42, en un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.

Los patrones tienen que poner la herramienta necesaria

En este mismo apartado, se destacó que los patrones igual están obligados a entregar los elementos que se requieran para el trabajo, lo que quiere decir que los empleados no tienen que ocupar su computadora personal, teléfono o cualquier otro aparato, pues la empresa tiene que entregarlo.

Los jefes deben proporcionar “oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes”.

Además, tampoco te pueden cobrar porque los materiales o equipos se gasten por el uso: “El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo”.

Publicado originalmente en El Sol de Puebla

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