Una preocupación al momento de adquirir una vivienda de interés social, es qué ocurrirá con el crédito en caso del fallecimiento de su titular. Ante esto, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) cuenta con un seguro de fallecimiento para no dejar desprotegidos a los deudos.
Todo titular de un crédito Infonavit cuenta con un seguro en caso de que llegue a faltar; de esta manera, los beneficiarios pueden solicitar la liberación del adeudo y tramitar la cancelación de la hipoteca.
Sin importar la edad o condición de salud de la persona que adquiere el crédito, es indispensable que haga un testamento para designar a los beneficiarios en caso de su muerte, es decir, a las personas a quienes le heredará la vivienda.
¿CÓMO TRAMITAR EL SEGURO POR FALLECIMIENTO?
El trámite para solicitar el seguro cuando el titular del crédito fallece consta de tres pasos:
1. Primeramente, sus familiares deberán comunicarse al Infonatel (800 008 3900), en donde se generará un número de caso y se gestionará una cita; otra opción es acudir al Centro de Servicio Infonavit (CESI) más cercano, en donde se deberá reportar la muerte del acreditado. En todo caso, el solicitante deberá proporcionar su nombre completo, correo electrónico y número telefónico.
2. Una vez que cuente con el número de caso, y teniendo el número de seguridad social del acreditado, deberá ingresar al enlace: http://portal.infonavit.org.mx/wps/portal/Infonavit/Servicios/Trabajadores/casosInfonatelPers. Ahí, los familiares deberán adjuntar escaneados, los siguientes documentos: Acta de defunción, identificación oficial (IFE/INE, cédula profesional, pasaporte en original) del solicitaste y el acta de nacimiento del solicitante. En caso de que la muerte haya ocurrido en el extranjero, el acta deberá estar apostillada.
3. Finalmente, el día de la cita el beneficiario deberá acudir a la delegación del Infonavit con toda la documentación que se adjuntó previamente en el portal, para su validación
El trámite puede realizarlo el beneficiario de la vivienda adquirida con el crédito Infonavit, en caso de que exista un testamento que lo avale; o bien, cualquier persona que llame a Infonatel o acuda al CESI con los documentos originales del acreditado Infonavit y las escrituras en original de la vivienda.