Signan convenio Segotab y OSFE para combatir actos de corrupción

Buscan consolidar las políticas públicas sin que sean empañadas por malos servidores

Fernando Hernández

  · domingo 9 de junio de 2019

Alejandro Álvarez González, Fiscal Superior del estado. Foto: Iván Sánchez

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 208, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Organo Suprior de Fiscalización del Estado (OSFE) y la Secretaria de Gobierno, firmaron el convenio de colaboración para garantizar el derecho a la adecuada defensa en materia de responsabilidades administrativas a servidores públicos que se van inmiscuidos en actos de corrupción.

De tal forma, que cuando se registren estos casos por parte de malos servidores públicos, se contemplará por parte del Órgano Superior de Fiscalización del Estado, la presencia de un defensor de oficio para la substanciación de faltas administrativas graves, tal y como lo establece dicha fracción.

El Fiscal Superior destacó que el quehacer institucional exige personas con altos valores éticos y morales, conocedores de deberes y responsabilidades pues eso hace posible la consolidación de los planes, proyectos y políticas públicas.

Afirmó que en el OSFE está presente el deber para cumplir con los principios de legalidad, y por ello la importancia del instrumento jurídico como lo es el convenio celebrado.

Señala: La fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala:

“En el caso de que la Autoridad substanciadora admita el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, ordenará el emplazamiento del presunto responsable, debiendo citarlo para que comparezca personalmente a la celebración de la audiencia inicial, señalando con precisión el día, lugar y hora en que tendrá lugar dicha audiencia, así como la autoridad ante la que se llevará a cabo. Del mismo modo, le hará saber el derecho que tiene de no declarar contra de sí mismo ni a declararse culpable; de defenderse personalmente o ser asistido por un defensor perito en la materia y que, de no contar con un defensor, le será nombrado un defensor de oficio”.