/ viernes 19 de junio de 2020

Se acabó; queda suspendido el “Hoy no Circula” en Tabasco

A partir del lunes 22 de junio podrán circular todas las unidades de transporte público en todas sus modalidades, pero operando solo al 50% de su capacidad

La Secretaría de Movilidad de Tabasco emitió un Decreto en el que dio a conocer que para ir liberando paulatinamente la movilidad a través del servicio público, se deja sin efecto la restricción a la movilidad ó "Hoy no Circula" implementado mediante el acuerdo 07/2020 y podrán circular todas las unidades, adoptando todas les medidas sanitarias que marca la Secretaría de Salud.

Por consiguiente todos los transportistas están obligados a prestar el servicio con todas sus unidades previamente concesionadas y en regla, esto con la finalidad de que se cubra el servicio con todo el parque vehicular concesionado y en regla, dando estricto cumplimiento a lo ordenado en los incisos a) y b) que anteceden.

Añade que para dar cumplimiento a lo anterior, se insta a las Subsecretarias de Transporte y de Movilidad, y a la Dirección General Técnica, para que hagan los aforos necesarios para vigilar que todas las unidades concesionadas, presten el servicio apegándose a lo ordenado en el presente acuerdo.

Estas medidas son con la finalidad de reactivar el servicio de transporte público paulatinamente sin propiciar la propagación del virus SARS-CoV2 en el Estado, cumpliendo con los protocolos sanitarios, y así transitar gradualmente hacia una nueva normalidad y a la reactivación de la economía del Estado.

Detalla que todos los acuerdos y lineamientos dictados por esta Secretaría, siguen vigentes en lo que no contravengan al presente acuerdo.

Además todo el Transporte Público con una autorización Federal deberá apegarse al presente acuerdo, respecto de la ocupación al cincuenta (50) por ciento de su capacidad y del uso obligatorio del Gel antibacterial y demás lineamientos y disposiciones jurídicas emitidas por la autoridad competente.


Se conmina a los concesionarios, permisionarios y se exhorta a usuarios, cumplir con el presente acuerdo respetando los lineamientos, a fin de facilitar las actividades esenciales, utilizando las aplicaciones de uso común a fin de reactivar la movilidad gradualmente, considerando que el nivel de transmisión de contagio para los prestadores del servicio de transporte público del Estado de Tabasco, Concesionarios y Permisionarios (personas físicas y personas jurídicas colectivas), de la manera más atenta y obligatoria, se les informa que deberán cumplir con las medidas siguientes:

  • El uso de cubre bocas continúa siendo estrictamente obligatorio para todos los usuarios, choferes y prestadores de servicio de transporte público en todas sus modalidades y deberán contar con gel antibacterial, tanto para el conductor como para los pasajeros en recipientes mínimos de 828 mililitros.
  • Ningún usuario podrá abordar las unidades del servicio público sino cuentan con cubrebocas debidamente colocado cubriendo nariz y boca.
  • En cumplimiento a las disposiciones internacionales, los vehículos en los cuales se preste el servicio público de pasajeros en todas sus modalidades, solo podrán operar al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.

La Secretaría de Movilidad de Tabasco emitió un Decreto en el que dio a conocer que para ir liberando paulatinamente la movilidad a través del servicio público, se deja sin efecto la restricción a la movilidad ó "Hoy no Circula" implementado mediante el acuerdo 07/2020 y podrán circular todas las unidades, adoptando todas les medidas sanitarias que marca la Secretaría de Salud.

Por consiguiente todos los transportistas están obligados a prestar el servicio con todas sus unidades previamente concesionadas y en regla, esto con la finalidad de que se cubra el servicio con todo el parque vehicular concesionado y en regla, dando estricto cumplimiento a lo ordenado en los incisos a) y b) que anteceden.

Añade que para dar cumplimiento a lo anterior, se insta a las Subsecretarias de Transporte y de Movilidad, y a la Dirección General Técnica, para que hagan los aforos necesarios para vigilar que todas las unidades concesionadas, presten el servicio apegándose a lo ordenado en el presente acuerdo.

Estas medidas son con la finalidad de reactivar el servicio de transporte público paulatinamente sin propiciar la propagación del virus SARS-CoV2 en el Estado, cumpliendo con los protocolos sanitarios, y así transitar gradualmente hacia una nueva normalidad y a la reactivación de la economía del Estado.

Detalla que todos los acuerdos y lineamientos dictados por esta Secretaría, siguen vigentes en lo que no contravengan al presente acuerdo.

Además todo el Transporte Público con una autorización Federal deberá apegarse al presente acuerdo, respecto de la ocupación al cincuenta (50) por ciento de su capacidad y del uso obligatorio del Gel antibacterial y demás lineamientos y disposiciones jurídicas emitidas por la autoridad competente.


Se conmina a los concesionarios, permisionarios y se exhorta a usuarios, cumplir con el presente acuerdo respetando los lineamientos, a fin de facilitar las actividades esenciales, utilizando las aplicaciones de uso común a fin de reactivar la movilidad gradualmente, considerando que el nivel de transmisión de contagio para los prestadores del servicio de transporte público del Estado de Tabasco, Concesionarios y Permisionarios (personas físicas y personas jurídicas colectivas), de la manera más atenta y obligatoria, se les informa que deberán cumplir con las medidas siguientes:

  • El uso de cubre bocas continúa siendo estrictamente obligatorio para todos los usuarios, choferes y prestadores de servicio de transporte público en todas sus modalidades y deberán contar con gel antibacterial, tanto para el conductor como para los pasajeros en recipientes mínimos de 828 mililitros.
  • Ningún usuario podrá abordar las unidades del servicio público sino cuentan con cubrebocas debidamente colocado cubriendo nariz y boca.
  • En cumplimiento a las disposiciones internacionales, los vehículos en los cuales se preste el servicio público de pasajeros en todas sus modalidades, solo podrán operar al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.

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