A pesar de la difícil situación económica que se vive en la entidad, luego de un año con afectaciones por la pandemia de Covid-19 y las dos inundaciones padecidas, el sector obrero local reportó hasta el momento un cumplimiento cercano al 99 por ciento en el pago del aguinaldo.
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Y es que aunque formalmente el plazo venció el 20 de diciembre, todavía hasta este lunes había algunas empresas patrones que seguían pagando esta prestación a fin de evitarse sanciones por parte de las autoridades laborales.
De acuerdo al dirigente de la Federación de Trabajadores y Obreros de Tabasco (FTOT), al menos para la agrupación que representa, no se generaron problemas por la falta de pago, y hasta el momento se reportaba un 99 por ciento, dejando aun un margen para que algunos patrones que por ser domingo el día del plazo, hasta este lunes otorgaron el pago de esta prestación.
Explicó que el pago del aguinaldo a los trabajadores debe cubrirse antes del 20 de diciembre, según lo establece la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87.
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos, es lo que señala la Ley.
Cabe señalar que de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación.
Para ello, no necesitan haber trabajado el año completo, ni estar laborando en la fecha de su pago; ya que tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, de acuerdo al tiempo que laboraron durante el año.
No obstante, los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa de conformidad con lo que marca el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo.
La sanción será de 50 a 500 veces UMA cuyo valor actual es de 86.88 pesos mexicanos, es decir que las multas van desde cuatro mil 344 pesos hasta los 43 mil 440 pesos.
El trabajador contará con un año a partir del 20 de diciembre para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta.