Todo trabajador con un empleo formal tiene derecho a ciertas prestaciones; una de ellas es el acceso a un fondo de vivienda a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), cuyo objetivo es otorgar un crédito para la adquisición de una vivienda, predio o departamento.
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Sin embargo, hay empleados que aunque laboren durante toda su vida con acceso a esta prestación, jamás solicitan el crédito, se jubilan o desconocen al respecto. Pero debes saber que esos ahorros no se pierden, y ¡es posible que los retires!
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley del Infonavit, al cumplirse 10 años de ser exigible el derecho a la devolución de la Subcuenta de Vivienda, los recursos disponibles pasarán a formar parte de una reserva financiera administrada por el Infonavit, estos recursos podrán ser solicitados por el titular o sus beneficiarios en cualquier momento.
Pero primero cabe aclarar que el Infonavit es una institución en donde los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) suman puntos y hacen aportaciones, vía nómina, junto con su patrón, los cuales son depositados en un fondo llamado Subcuenta de Vivienda.
Este ahorro equivale al 5 por ciento del salario integrado del trabajador, es decir, su sueldo más otras prestaciones como cuotas diarias, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones o prestaciones en especie.
Cómo retirar mis ahorros
Si no ejerciste el crédito Infonavit al que tenías derecho, es posible que retires ese dinero, pero primero debes conocer bajo qué régimen está tu subcuenta de vivienda.
Si perteneces a la subcuenta 1992, en este fondo se destinaron las aportaciones patronales realizadas entre el segundo bimestre de 1992 hasta el tercer bimestre de 1997. Los ahorros se entregan con los rendimientos que se hayan generado hasta el momento de su devolución.
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En tanto que si estás bajo la subcuenta 1997, ésta se formó con las aportaciones que hizo el patrón desde el 1 de julio de 1997. El ahorro se entregará con los rendimientos que haya generado hasta el momento de su devolución, que dependerá del régimen de la Ley del Seguro Social en la que te encuentres: Ley 73 o Ley 97.
Ley 73
Los pensionados bajo este régimen recibirán en una sola exhibición la devolución de la totalidad de los recursos disponibles y los rendimientos generados hasta el momento en que se realiza el trámite de devolución, y pueden ser solicitados en una sola cita a través del Infonavit o mediante su Afore.
Los requisitos para retirar los ahorros de Infonavit son:
- - Contar con saldo disponible en Fondo de Ahorro 72-92, Subcuenta de Vivienda 92, Subcuenta de Vivienda 97 y/o sólo Infonavit
- - Resolución de pensión expedida por el IMSS (en caso de incapacidad debe ser igual o superior al 50%)
- - No tener un crédito vigente con el Instituto
- - Estar registrado en una Afore
- - Generar una cita desde Mi Cuenta Infonavit
- - Número de Seguridad Social (NSS), RFC y CURP; deben coincidir exactamente con los que aparecen en el IMSS y en tu Afore
- - Original y copia de tu identificación oficial vigente con fotografía (INE o IFE, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional, tarjeta de residente temporal, tarjeta de residente permanente)
- - Cuenta bancaria a tu nombre con CLABE y que acepte depósitos por la cantidad a devolver
- - Estado de cuenta bancario no mayor a dos meses
Para hacer el trámite en línea, los beneficiarios deberán registrarse en https://portalmx.infonavit.org.mx/, en donde deberán ingresar los siguientes datos:
- - Número de Seguridad Social (NSS)
- - Clave Única de Registro de Población (CURP)
- - Registro Federal de Contribuyente (RFC)
- - Nombre completo
- - Cuenta de correo electrónico
Una vez dentro de “Mi cuenta Infonavit”, acceder en el menú del lado izquierdo al apartado “Devolución de mis ahorros” y seguir las indicaciones. Cabe mencionar que todos los trámites son gratuitos.
Ley 97
Para los pensionados bajo este régimen, todos sus ahorros disponibles en la Subcuenta de Vivienda 92 y Subcuenta de Vivienda 97, así como sus rendimientos hasta el momento en que los solicitan, son enviados a la Afore a la que pertenecen para su devolución, o sumarse al saldo total que determinará su pensión.
La solicitud deberá realizarse a través de la Afore correspondiente, por lo que los requisitos para quienes están bajo este régimen de ley pueden cambiar.
Cabe mencionar que, en caso de tener recursos disponibles en Fondo de Ahorro 1972-1992 y/o sólo Infonavit, la solicitud deberá hacerse directamente al Infonavit.
Si desconoces el monto de tu ahorro, puedes ingresar a entra a Mi Cuenta Infonavit (micuenta.infonavit.org.mx) y elegir la opción “Mi ahorro”, en donde podrás conocer el monto acumulado.