“Necesaria en Tabasco nueva Ley Electoral y de Partidos Políticos”

La propuesta la realizó la diputada Katia Ornelas, esperando sea analizada antes de los comicios intermedios del 2021

Fernando Hernández | El Heraldo de Tabasco

  · viernes 12 de junio de 2020

Indicó que los Estados deberán tomar las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política pública del país, así como garantizar el voto en todas las elecciones. Foto: Ilustrativa

La diputada del PRI, Katia Ornelas Gil, señaló que es necesaria en Tabasco una nueva Ley Electoral y de Partidos Políticos para que no este “parchada”, y se cuente con una legislación acorde a la reforma nacional publicada mediante Decreto en el Diario Oficial de la Federación, relativa a la paridad de género y la cual está en contra de la violencia política hacia las mujeres en razón de género.

Dijo que la propuesta la hizo en el Congreso para que pueda ser analizada antes de los comicios intermedios del 2021 y que confía en que actuando con congruencia, la bancada de MORENA que tiene mayoría la apruebe.

Indicó que los Estados deberán tomar las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política pública del país y en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles paro todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas, y todo ello, en condiciones libres de violencia.

Explicó que por esta razón la iniciativa contempla el lenguaje inclusivo en la totalidad de su articulado, buscando con ello refrendar la visibilidad de las mujeres que incursionan en la política y garantizando el respeto del principio de paridad entre los géneros al exigir a los partidos políticos postulantes, de manera expresa, el cumplimiento de que sus candidaturas a diputaciones estén integradas por fórmulas que contemplen el principio paritario, tanto en la elección por el principio de mayoría relativa, como en las listas de las dos circunscripciones plurinominales que se registran para la elección que se desarrolla por el principio de representación proporcional.

Al igual que en los comicios para las presidencias municipales y regidurías, en los que se establece expresamente la paridad vertical y horizontal en la integración de las planillas a registrarse, así como en la integración de las fórmulas de candidaturas a regidurías por el principio de representación proporcional.