Jalpa de Méndez.- Locatarios del mercado público de Jalpa de Méndez, “Daniel A. Santos García”, lanzaron una alerta para evitar entregar documentos o dinero, al C. Máximo Frías Frías; este personaje dice ser Presidente de la Confederación Estatal de Mercados del estado de Tabasco A.C. pero no cuenta con registro oficial que lo avalen.
Los ciudadanos lanzaron un comunicado donde expresan lo siguiente: “Les pedimos que hagan caso omiso a cualquier tipo de reunión, solicitud de entrega de documentos y copia de credencial de elector al C. Máximo Frías Frías quién dice ser Presidente de la Confederación Estatal de Mercados del estado de Tabasco A.C. persona que no cuenta con registro oficial, donde la dirección proporcionada, números de teléfonos son ficticios, no existen el domicilio mencionado”.
Señalaron que esta persona giró oficio al Presidente de México Andrés Manuel López Obrador referentes a los mantenimientos de los mercados en Tabasco y fue remitido a Secretaria de Gobierno del Estado dado que no se encontró datos que lo avalen.
Acusaron que el señor Máximo Frías, está coludido en Jalpa de Méndez, con el C. Carmen López Méndez, ya que este señor (Don Carmen López) y otras personas se adueñaron de varios locales del mercado público de Jalpa, y por no querer dárselo a personas que sí trabajan, se oponen a los trabajos de mejoramiento de este inmueble, promoviendo manifestaciones en contra de las autoridades municipales, con la finalidad de no les quiten sus locales.
De acuerdo a la Ley, las personas que cometan el delito de estafa conforme al Código Penal Federal en el Artículo 386 comete el delito de fraude, el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de algunas cosas o alcanza un lucro indebido.
La Fracción 8, señala, al que valiéndose de la ignorancia o de las malas condiciones económicas de una persona, obtenga de estas ventajas por medio de contratos u convenios el cual estipule lucro, comete el delito de fraude.
La ley de protección a datos personales en el Artículo 7, manifiesta que los datos personales deberán recabarse y tratarse de manera licita conforme a las disposiciones establecidas por la Ley y demás normatividad aplicada. En el artículo 8 se estipula que todo tratamiento de datos personales estará sujeto al consentimiento de su titular.