/ lunes 29 de julio de 2019

Lo que debes saber de la “Ley Garrote”

Qué dice en realidad esta polémica ley, ¿realmente se prohibirá el derecho a la protesta o es sólo para combatir la extorsión? entérate.

Luego de la polémica que se generó en redes sociales ante la llamada “Ley Garrote”, “Ley Anti marchas” o “Ley Anti bloqueos”, este lunes el pleno del Congreso del Estado de Tabasco votó finalmente la reforma al Código Penal del Estado para endurecer las penas para quienes obstaculicen el libre tránsito, y que propone un nuevo delito de tipo penal: “Impedimento de ejecución de trabajos u obras” por el cual podrían alcanzar hasta 20 años de cárcel quienes incurran en esta falta.

El artículo de la polémica

Durante el fin de semana, muchas voces se levantaron denunciando que el artículo 308 bis, de esta reforma, estaba criminalizando el derecho a la libre manifestación, y que impediría que cualquier persona pudiera protestar sobre algo en la vía pública, bajo pena de ser encarcelado. El artículo en la iniciativa de ley, decía:

"Al que, careciendo de facultad legal, impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, se le impondrá prisión de uno a cinco años y una multa de ciento cincuenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Se aumentará al doble la pena de prisión y multa que le corresponda, cuando el responsable se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".

Luego del revuelo generado por esta intención, y ante las presiones de los ciudadanos y grupos parlamentarios del PRI, PRD y Partido Verde, el pleno del Congreso de Tabasco, con mayoría de diputados de Morena, modificó este artículo 308 BIS, que quedó de la siguiente manera:

“Al que extorsione, coaccione, intenté imponer o imponga cuotas en impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinarias o equipos especializados o similar para la ejecución de trabajo de obra pública o privadas en las vías de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a 13 años y multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

La pena se incrementará en una mitad más cuando en la comisión del delito, el sujeto activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".

Como se puede ver, se adicionó la figura de la extorsión, la coacción y el secuestro de maquinarias, y lo relacionó directamente con la ejecución de obras públicas y privadas, dejando de lado las protestas “normales”.

El gobernador Adán Augusto López Hernández aseguró que lo que se busca es acabar con las extorsiones de los pseudosindicatos. /Javier Chávez

Qué dice el gobierno

Esta iniciativa, enviada al Congreso por el gobernador de estado, Adán Augusto López Hernández, fue defendida por el secretario de Gobierno, Marcos Rosendo Medina Filigrana, quien aclaró que “lo que se está combatiendo es la extorsión y no se están prohibiendo las manifestaciones que están consideradas en la Constitución de México”.

El propio gobernador Adán Augusto López Hernández ofreció una rueda de prensa, donde lamentó que haya “grupos de interés” que intentaron distorsionar la iniciativa de ley que él presentó, e insistió que “se busca que se termine el “chantaje” de pseudosindicatos y agrupaciones que con cualquier pretexto cerraban el libre tránsito o el acceso de empresarios y ciudadanos dedicados a prestar servicios a empresas a cambio de cuotas”.

Diputados del PRI, en contra

Por su parte, la diputada del PRI, Ingrid Rosas Pantoja, señaló que es sorprendente ver, que quienes antes de ser miembros del gobierno en turno, bloqueaban pozos petroleros, tomaban instalaciones públicas, oficinas de gobiernos, cerraban carreteras, calles, pernoctaban en plazas, en parques, en entradas de edificios públicos en calles o avenidas; hoy que son gobierno, quieren prohibir esos actos.

Luego de la polémica que se generó en redes sociales ante la llamada “Ley Garrote”, “Ley Anti marchas” o “Ley Anti bloqueos”, este lunes el pleno del Congreso del Estado de Tabasco votó finalmente la reforma al Código Penal del Estado para endurecer las penas para quienes obstaculicen el libre tránsito, y que propone un nuevo delito de tipo penal: “Impedimento de ejecución de trabajos u obras” por el cual podrían alcanzar hasta 20 años de cárcel quienes incurran en esta falta.

El artículo de la polémica

Durante el fin de semana, muchas voces se levantaron denunciando que el artículo 308 bis, de esta reforma, estaba criminalizando el derecho a la libre manifestación, y que impediría que cualquier persona pudiera protestar sobre algo en la vía pública, bajo pena de ser encarcelado. El artículo en la iniciativa de ley, decía:

"Al que, careciendo de facultad legal, impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, se le impondrá prisión de uno a cinco años y una multa de ciento cincuenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Se aumentará al doble la pena de prisión y multa que le corresponda, cuando el responsable se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".

Luego del revuelo generado por esta intención, y ante las presiones de los ciudadanos y grupos parlamentarios del PRI, PRD y Partido Verde, el pleno del Congreso de Tabasco, con mayoría de diputados de Morena, modificó este artículo 308 BIS, que quedó de la siguiente manera:

“Al que extorsione, coaccione, intenté imponer o imponga cuotas en impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinarias o equipos especializados o similar para la ejecución de trabajo de obra pública o privadas en las vías de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a 13 años y multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

La pena se incrementará en una mitad más cuando en la comisión del delito, el sujeto activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".

Como se puede ver, se adicionó la figura de la extorsión, la coacción y el secuestro de maquinarias, y lo relacionó directamente con la ejecución de obras públicas y privadas, dejando de lado las protestas “normales”.

El gobernador Adán Augusto López Hernández aseguró que lo que se busca es acabar con las extorsiones de los pseudosindicatos. /Javier Chávez

Qué dice el gobierno

Esta iniciativa, enviada al Congreso por el gobernador de estado, Adán Augusto López Hernández, fue defendida por el secretario de Gobierno, Marcos Rosendo Medina Filigrana, quien aclaró que “lo que se está combatiendo es la extorsión y no se están prohibiendo las manifestaciones que están consideradas en la Constitución de México”.

El propio gobernador Adán Augusto López Hernández ofreció una rueda de prensa, donde lamentó que haya “grupos de interés” que intentaron distorsionar la iniciativa de ley que él presentó, e insistió que “se busca que se termine el “chantaje” de pseudosindicatos y agrupaciones que con cualquier pretexto cerraban el libre tránsito o el acceso de empresarios y ciudadanos dedicados a prestar servicios a empresas a cambio de cuotas”.

Diputados del PRI, en contra

Por su parte, la diputada del PRI, Ingrid Rosas Pantoja, señaló que es sorprendente ver, que quienes antes de ser miembros del gobierno en turno, bloqueaban pozos petroleros, tomaban instalaciones públicas, oficinas de gobiernos, cerraban carreteras, calles, pernoctaban en plazas, en parques, en entradas de edificios públicos en calles o avenidas; hoy que son gobierno, quieren prohibir esos actos.

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