/ jueves 27 de diciembre de 2018

Insta CAT a demandar al gobierno del Estado

Se deben investigar las razones del retraso en el pago a trabajadores pues se cometió el delito de discriminación y lesa humanidad tras retener los pagos, aseveró.

Tras considerar que la administración estatal saliente habría cometido el delito de discriminación y lesa humanidad, al retener los pagos de los trabajadores y negar el servicio de salud a la población, el Colegio de Abogados Tabasqueños exhortó a la ciudadanía que resultó afectada a presentar pruebas para realizar la denuncia correspondiente.

En conferencia de prensa, integrantes de este Colegio, encabezados por su presidente Sergio Antonio Reyes Ramos y Zavala Montejo, indicaron que la investigación y castigo a los responsables de la crisis en el sector Salud y por la retención de salarios de la burocracia estatal encuadran en el delito de discriminación, previsto y sancionado en el artículo 149 del Código Penal Federal.

Por ello, exigieron que se investiguen las irregularidades sobre retraso en el pago a trabajadores del sector Salud, así como la crisis hospitalaria y se apliquen sanciones a los responsables.

De acuerdo a los juristas en días pasados se incurrió en el delito de discriminación, y está previsto en el Código Penal Federal, y debido a ello, los trabajadores que se vieron afectados por la retención de sus prestaciones deben presentar las evidencias para que se interpongan las denuncias correspondientes.

Asimismo, dijeron que los familiares de pacientes que se hayan visto afectados por falta de atención, deben presentar denuncias.

Los profesionales del derecho comentaron que con esta práctica se incurrió en faltas graves y los responsables deben ser sancionados.

"Este tipo penal en cuestión establece la pena desde un año y medio hasta cuatro años y medio de prisión y la destitución o inhabilitación por igual lapso al servidor público que por razones de origen social, condición económica, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o menoscabe los derechos y libertades de las personas", afirmó la abogada Zavala Montejo.

Precisó que aquí se cometió específicamente este delito cuando se niega un servicio o una prestación legalmente establecida, es decir, cuando se restringen derechos laborales o se limitan los servicios de salud.

Ante esta situación, el Colegio de Abogados Tabasqueños consideró que la apertura de la carpeta de investigación ante el Ministerio Público de la Federación es factible, siempre que se reúnan pruebas suficientes, en este caso, nombres y fechas de las personas afectadas, documentación de los casos, testimonios y denuncias formales por parte de las víctimas y ofendidos.

Tras considerar que la administración estatal saliente habría cometido el delito de discriminación y lesa humanidad, al retener los pagos de los trabajadores y negar el servicio de salud a la población, el Colegio de Abogados Tabasqueños exhortó a la ciudadanía que resultó afectada a presentar pruebas para realizar la denuncia correspondiente.

En conferencia de prensa, integrantes de este Colegio, encabezados por su presidente Sergio Antonio Reyes Ramos y Zavala Montejo, indicaron que la investigación y castigo a los responsables de la crisis en el sector Salud y por la retención de salarios de la burocracia estatal encuadran en el delito de discriminación, previsto y sancionado en el artículo 149 del Código Penal Federal.

Por ello, exigieron que se investiguen las irregularidades sobre retraso en el pago a trabajadores del sector Salud, así como la crisis hospitalaria y se apliquen sanciones a los responsables.

De acuerdo a los juristas en días pasados se incurrió en el delito de discriminación, y está previsto en el Código Penal Federal, y debido a ello, los trabajadores que se vieron afectados por la retención de sus prestaciones deben presentar las evidencias para que se interpongan las denuncias correspondientes.

Asimismo, dijeron que los familiares de pacientes que se hayan visto afectados por falta de atención, deben presentar denuncias.

Los profesionales del derecho comentaron que con esta práctica se incurrió en faltas graves y los responsables deben ser sancionados.

"Este tipo penal en cuestión establece la pena desde un año y medio hasta cuatro años y medio de prisión y la destitución o inhabilitación por igual lapso al servidor público que por razones de origen social, condición económica, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o menoscabe los derechos y libertades de las personas", afirmó la abogada Zavala Montejo.

Precisó que aquí se cometió específicamente este delito cuando se niega un servicio o una prestación legalmente establecida, es decir, cuando se restringen derechos laborales o se limitan los servicios de salud.

Ante esta situación, el Colegio de Abogados Tabasqueños consideró que la apertura de la carpeta de investigación ante el Ministerio Público de la Federación es factible, siempre que se reúnan pruebas suficientes, en este caso, nombres y fechas de las personas afectadas, documentación de los casos, testimonios y denuncias formales por parte de las víctimas y ofendidos.

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