/ lunes 6 de septiembre de 2021

Impugna CNDH “ley Dedazo” ante la SCJN

Esta acción de inconstitucionalidad se suma a la ya presentada por el Colegio de Abogados Tabasqueños contra la designación de delegados modificada en el Congreso de Tabasco

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la llamada "Ley Dedazo" por la que se determina que los delegados municipales sean nombrados por los cabildos y no en votación por la propia ciudadanía.

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Zulima Zavala Montejo, presidenta del Colegio de Abogados Tabasqueños, informó que con fecha 30 de agosto de 2021 la sección de trámites de controversias constitucionales y de acciones de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH contra el decreto 299 del Congreso de Tabasco.

Foto: Carlos Pérez | El Heraldo de Tabasco

Recordó que el pasado 10 de agosto de 2021 el Colegio de Abogados solicitó al organismo la interposición de tal acción por considerar que la reforma en cuestión vulnera el derecho humano de votar y ser votado así como la participación en las funciones públicas.

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También se enfatizó que la resolución de la 63 legislatura local eliminó sin consulta previa los usos y costumbres de la comunidad indígena para elegir a sus delegados municipales.

La corte asignó al expediente de trámite el número 123/2021 y lo turnó para su estudio al ministro ponente y ordenó notificar a las autoridades que aprobaron y promulgaron el decreto 299 congreso del estado y gobernador de Tabasco.

Los ciudadanos tabasqueños tienen reconocido el derecho a ser elegidos como delegados y subdelegados municipales así como para ser designados como tales mediante sufragio libre y secreto.

Zulima Zavala Montejo

Sin embargo -añadió- con la reforma que nos ocupa se impide ejercitar dichas expresiones democrática con lo que anteriormente contaba por lo que igualmente contraviene sus derechos de participación política.

Lee más: Nacajuca, único municipio que su población elegirá a sus delegados

Expuso que el orden normativo vigente en Tabasco implica una violación al principio de progresividad pues el hecho de que el congreso del Estado de Tabasco haya afirmado que la organización de tales procesos de elección democrática resultan demasiado onerosos tanto en recurso materiales como humanos y eso no es suficiente para justificar que se fije una restricción al principio de progresividad

"El cambio de procedimiento de designación de los delegados y subdelegados implica un retroceso de las condiciones creadas desde la expedición de la ley referida por lo que las nuevas condiciones creadas mediante la introducción de derecho combatido generan una evidente transgresión al principio de no regresividad que rige a la totalidad de los derechos humanos", apuntó.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la llamada "Ley Dedazo" por la que se determina que los delegados municipales sean nombrados por los cabildos y no en votación por la propia ciudadanía.

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Zulima Zavala Montejo, presidenta del Colegio de Abogados Tabasqueños, informó que con fecha 30 de agosto de 2021 la sección de trámites de controversias constitucionales y de acciones de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH contra el decreto 299 del Congreso de Tabasco.

Foto: Carlos Pérez | El Heraldo de Tabasco

Recordó que el pasado 10 de agosto de 2021 el Colegio de Abogados solicitó al organismo la interposición de tal acción por considerar que la reforma en cuestión vulnera el derecho humano de votar y ser votado así como la participación en las funciones públicas.

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También se enfatizó que la resolución de la 63 legislatura local eliminó sin consulta previa los usos y costumbres de la comunidad indígena para elegir a sus delegados municipales.

La corte asignó al expediente de trámite el número 123/2021 y lo turnó para su estudio al ministro ponente y ordenó notificar a las autoridades que aprobaron y promulgaron el decreto 299 congreso del estado y gobernador de Tabasco.

Los ciudadanos tabasqueños tienen reconocido el derecho a ser elegidos como delegados y subdelegados municipales así como para ser designados como tales mediante sufragio libre y secreto.

Zulima Zavala Montejo

Sin embargo -añadió- con la reforma que nos ocupa se impide ejercitar dichas expresiones democrática con lo que anteriormente contaba por lo que igualmente contraviene sus derechos de participación política.

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Expuso que el orden normativo vigente en Tabasco implica una violación al principio de progresividad pues el hecho de que el congreso del Estado de Tabasco haya afirmado que la organización de tales procesos de elección democrática resultan demasiado onerosos tanto en recurso materiales como humanos y eso no es suficiente para justificar que se fije una restricción al principio de progresividad

"El cambio de procedimiento de designación de los delegados y subdelegados implica un retroceso de las condiciones creadas desde la expedición de la ley referida por lo que las nuevas condiciones creadas mediante la introducción de derecho combatido generan una evidente transgresión al principio de no regresividad que rige a la totalidad de los derechos humanos", apuntó.

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