/ martes 30 de noviembre de 2021

IEPCT ‘exonera’ a Morena: inexistentes actos anticipados de campaña

En diversos asuntos el órgano electoral de Tabasco resolvió pendientes del proceso comicial pasado

En sesión ordinaria, el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) resolvió diversos asuntos pendientes del proceso electoral pasado.

Lee más: Destapan irregularidades en el manejo del presupuesto del IEPCT

El órgano colegiado declaró inexistentes los actos anticipados de precampaña o campaña y uso indebido de recursos públicos con fines electorales, atribuidos a los ciudadanos Eric Robert Garrido Argáez, Rafael Elías Sánchez Cabrales, Pedro Hernández Jiménez y al Partido Político Morena.

Así como también la infracción atribuida al ciudadano Oscar Ferrer Ábalos, en su calidad de candidato a la Presidencia Municipal de Huimanguillo, Tabasco, respecto a coaccionar el voto de los ciudadanos, de incluir en su propaganda de campaña programas del gobierno federal y la de relacionar su propaganda de campaña con la Secretaría del Bienestar.

De igual forma, se declaró la vulneración al principio histórico de laicidad Iglesia-Estado, por el uso de símbolos religiosos utilizados en la propaganda electoral, por parte del ciudadano Natanael Gerónimo Alvarado, por tanto, con base en los argumentos vertidos en la individualización de la sanción, se impuso una multa consistente en el valor de cincuenta Unidades de Medida y Actualización que equivale a 4 mil 481 pesos.

Además, se declaró existente la infracción relativa a la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, atribuida al ciudadano Alfonso Jesús Baca Sevilla en su calidad de candidato a la presidencia municipal de Paraíso, Tabasco por el Partido Político Fuerza por México.

Por otro lado, se declaró existente la infracción relativa a la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, atribuida al ciudadano Gregorio Efraín Espadas Méndez en su calidad de candidato a la presidencia municipal de Comalcalco, Tabasco por el Partido Político Morena.

Por lo que se declara existente la infracción en la omisión del deber cuidado y vigilancia por parte del Partido Político Morena con relación a su entonces candidato la presidencia municipal de Comalcalco, Tabasco, ciudadano Gregorio Efraín Espadas Méndez, por la colocación de propaganda elector

Cabe mencionar que en esta sesión se designó a Hugo Antonio Lara Romero, como encargado de despacho de la Unidad Técnica de Comunicación Social, ejerciendo las facultades y atribuciones inherentes al cargo.

En sesión ordinaria, el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) resolvió diversos asuntos pendientes del proceso electoral pasado.

Lee más: Destapan irregularidades en el manejo del presupuesto del IEPCT

El órgano colegiado declaró inexistentes los actos anticipados de precampaña o campaña y uso indebido de recursos públicos con fines electorales, atribuidos a los ciudadanos Eric Robert Garrido Argáez, Rafael Elías Sánchez Cabrales, Pedro Hernández Jiménez y al Partido Político Morena.

Así como también la infracción atribuida al ciudadano Oscar Ferrer Ábalos, en su calidad de candidato a la Presidencia Municipal de Huimanguillo, Tabasco, respecto a coaccionar el voto de los ciudadanos, de incluir en su propaganda de campaña programas del gobierno federal y la de relacionar su propaganda de campaña con la Secretaría del Bienestar.

De igual forma, se declaró la vulneración al principio histórico de laicidad Iglesia-Estado, por el uso de símbolos religiosos utilizados en la propaganda electoral, por parte del ciudadano Natanael Gerónimo Alvarado, por tanto, con base en los argumentos vertidos en la individualización de la sanción, se impuso una multa consistente en el valor de cincuenta Unidades de Medida y Actualización que equivale a 4 mil 481 pesos.

Además, se declaró existente la infracción relativa a la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, atribuida al ciudadano Alfonso Jesús Baca Sevilla en su calidad de candidato a la presidencia municipal de Paraíso, Tabasco por el Partido Político Fuerza por México.

Por otro lado, se declaró existente la infracción relativa a la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, atribuida al ciudadano Gregorio Efraín Espadas Méndez en su calidad de candidato a la presidencia municipal de Comalcalco, Tabasco por el Partido Político Morena.

Por lo que se declara existente la infracción en la omisión del deber cuidado y vigilancia por parte del Partido Político Morena con relación a su entonces candidato la presidencia municipal de Comalcalco, Tabasco, ciudadano Gregorio Efraín Espadas Méndez, por la colocación de propaganda elector

Cabe mencionar que en esta sesión se designó a Hugo Antonio Lara Romero, como encargado de despacho de la Unidad Técnica de Comunicación Social, ejerciendo las facultades y atribuciones inherentes al cargo.

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