/ lunes 23 de noviembre de 2020

Enfrentan enfermos de cáncer y diabetes una batalla por tratamientos en Tabasco

El abogado Pedro García explicó que debido a la pandemia, muchos trabajadores perdieron sus afiliaciones al servicio médico

Pedro García Falcón, integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños, señaló que debido a la pandemia por Covid-19, la Secretaría de Salud ha minimizado la atención a las enfermedades ordinarias con alto grado de mortandad como la diabetes y el cáncer, en algunos hospitales públicos se está dando discriminación a personas que acuden a solicitar estos tratamientos.

Esto debido a que existe la mala creencia de que quienes acuden a los hospitales públicos son personas de escasos recursos, aunque debido a la emergencia sanitaria y a las inundaciones, muchos tabasqueños de clase media se han quedado sin empleo y sin recursos para costearse sus tratamientos médicos.

De acuerdo al abogado, esta discriminación significa una violación a los derechos consagrados en la Constitución, ya que el artículo 4 garantiza el acceso a la salud y el primero no permite la discriminación de personas.

Pedro García Falcón, integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños. Foto: Iván Sánchez | El Heraldo de Tabasco

Reconoció que este fenómeno se debe a las circunstancias actuales, ya que se pasa desapercibidas las enfermedades ordinarias que dejan más de 200 mil muertes en México al año.

Tales son los casos de los infartos, que ocasional 100 mil muertes; la diabetes, que deja 80 mil muertes; los 42 mil fallecimientos de mujeres por cáncer mamario, así como los 5 mil niños con cáncer que mueren, esto aunado a que sólo existen en el país 105 médicos oncólogos para su atención.

Mientras todo esto sucede se deja de atender las demandas ordinarias de medicamentos, atención médica y proyección de enfermedades

expresó el jurista

Por ejemplo, dijo que en el 2016 a nivel nacional se adquirieron cerca de 14 millones de dosis para la tuberculosis, y en el 2020 sólo se han adquirido 83 mil dosis, lo que apenas es un 10 por ciento.

Mientras que en Papiloma Humano sólo se tiene una cobertura del 3 por ciento de las casi 4 millones de vacunas que se requieren.

García Falcón agregó que cuando se modificó el artículo 4 Constitucional para la atención integral a toda la población que no contara con seguridad social, estas medidas se empezaron a aplicar en mayo del 2020 sin tomar en consideración las protecciones médicas y las políticas públicas que deberían implementar.

“Esto sale a la luz ahora por la falta de medicamentos, las vacunas y falta de atención, se desparecieron las afiliaciones de cerca de 20.6 millones de afiliados tenía el Seguro Poplar y se perdieron estos folios para dar el seguimiento a estas enfermedades y armar una atención a esta temática”, aseveró.

Explicó que para la atención médica no debe clasificarse a las personas de acuerdo a niveles socioeconómicos o clases sociales, pero comúnmente en los hospitales públicos se da atención principalmente a los pobres.

Foto: Cortesía | @SsaludTabasco

Sin embargo, derivado de la pandemia, de la inundación y problemas como el desempleo, esto hace que la mayoría de los ciudadanos que no tienen trabajo no tengan como sufragar la prestación del servicio médico en forma particular y acuden a los hospitales públicos donde se encuentran con una discriminación de corte económico para ser atendidos por los criterios de cada hospital.

“Esto sin dejar de precisar que es un derecho constitucional pero en la práctica en algunos hospitales públicos sin mayor pudor o remordimiento, como es el caso del Rovirosa, donde pondera la atención de acuerdo a la apariencia física de la persona o la forma de vestir a efectos de ponderar si se debe dar o no la atención médica sobre los casos urgentes y necesarios”, argumentó.

El abogado dijo que es latente y clara la discriminación, puesto que todas las personas tienen derecho a esta asistencia médica que la Constitución establece.

Refirió que ante esta falta de atención, el Colegio promovió en 2019 un amparo, al que se le dio resolución este año bajo el número 624/2020 ante el Juzgado Primero de Distrito, donde mediante sentencia interlocutoria se le ordena dar atención a un enfermo de diabetes que no recibía medicamentos desde 2019.

Sin embargo, lamentó que esto ocurre no sólo en este hospital, sino en todo el sector salud que ha dejado de dar la atención ordinaria a estas enfermedades con motivo de la pandemia y de la inundación, independientemente de que la Secretaría instruyó a algunos nosocomios a atender sólo cuestiones relacionadas con la pandemia, lo cual es altamente discriminatorio.

Pedro García Falcón, integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños, señaló que debido a la pandemia por Covid-19, la Secretaría de Salud ha minimizado la atención a las enfermedades ordinarias con alto grado de mortandad como la diabetes y el cáncer, en algunos hospitales públicos se está dando discriminación a personas que acuden a solicitar estos tratamientos.

Esto debido a que existe la mala creencia de que quienes acuden a los hospitales públicos son personas de escasos recursos, aunque debido a la emergencia sanitaria y a las inundaciones, muchos tabasqueños de clase media se han quedado sin empleo y sin recursos para costearse sus tratamientos médicos.

De acuerdo al abogado, esta discriminación significa una violación a los derechos consagrados en la Constitución, ya que el artículo 4 garantiza el acceso a la salud y el primero no permite la discriminación de personas.

Pedro García Falcón, integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños. Foto: Iván Sánchez | El Heraldo de Tabasco

Reconoció que este fenómeno se debe a las circunstancias actuales, ya que se pasa desapercibidas las enfermedades ordinarias que dejan más de 200 mil muertes en México al año.

Tales son los casos de los infartos, que ocasional 100 mil muertes; la diabetes, que deja 80 mil muertes; los 42 mil fallecimientos de mujeres por cáncer mamario, así como los 5 mil niños con cáncer que mueren, esto aunado a que sólo existen en el país 105 médicos oncólogos para su atención.

Mientras todo esto sucede se deja de atender las demandas ordinarias de medicamentos, atención médica y proyección de enfermedades

expresó el jurista

Por ejemplo, dijo que en el 2016 a nivel nacional se adquirieron cerca de 14 millones de dosis para la tuberculosis, y en el 2020 sólo se han adquirido 83 mil dosis, lo que apenas es un 10 por ciento.

Mientras que en Papiloma Humano sólo se tiene una cobertura del 3 por ciento de las casi 4 millones de vacunas que se requieren.

García Falcón agregó que cuando se modificó el artículo 4 Constitucional para la atención integral a toda la población que no contara con seguridad social, estas medidas se empezaron a aplicar en mayo del 2020 sin tomar en consideración las protecciones médicas y las políticas públicas que deberían implementar.

“Esto sale a la luz ahora por la falta de medicamentos, las vacunas y falta de atención, se desparecieron las afiliaciones de cerca de 20.6 millones de afiliados tenía el Seguro Poplar y se perdieron estos folios para dar el seguimiento a estas enfermedades y armar una atención a esta temática”, aseveró.

Explicó que para la atención médica no debe clasificarse a las personas de acuerdo a niveles socioeconómicos o clases sociales, pero comúnmente en los hospitales públicos se da atención principalmente a los pobres.

Foto: Cortesía | @SsaludTabasco

Sin embargo, derivado de la pandemia, de la inundación y problemas como el desempleo, esto hace que la mayoría de los ciudadanos que no tienen trabajo no tengan como sufragar la prestación del servicio médico en forma particular y acuden a los hospitales públicos donde se encuentran con una discriminación de corte económico para ser atendidos por los criterios de cada hospital.

“Esto sin dejar de precisar que es un derecho constitucional pero en la práctica en algunos hospitales públicos sin mayor pudor o remordimiento, como es el caso del Rovirosa, donde pondera la atención de acuerdo a la apariencia física de la persona o la forma de vestir a efectos de ponderar si se debe dar o no la atención médica sobre los casos urgentes y necesarios”, argumentó.

El abogado dijo que es latente y clara la discriminación, puesto que todas las personas tienen derecho a esta asistencia médica que la Constitución establece.

Refirió que ante esta falta de atención, el Colegio promovió en 2019 un amparo, al que se le dio resolución este año bajo el número 624/2020 ante el Juzgado Primero de Distrito, donde mediante sentencia interlocutoria se le ordena dar atención a un enfermo de diabetes que no recibía medicamentos desde 2019.

Sin embargo, lamentó que esto ocurre no sólo en este hospital, sino en todo el sector salud que ha dejado de dar la atención ordinaria a estas enfermedades con motivo de la pandemia y de la inundación, independientemente de que la Secretaría instruyó a algunos nosocomios a atender sólo cuestiones relacionadas con la pandemia, lo cual es altamente discriminatorio.

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