‘En la congeladora’ Ley de legítima defensa en Tabasco

Desde que fue propuesta en el 2017 por el PAN, hasta el momento no ha sido vuelta a tomar en cuenta en el Congreso para su análisis

Fernando Hernández | El Heraldo de Tabasco

  · domingo 3 de enero de 2021

La iniciativa se presentó desde la pasada LXII Legislatura local. Foto: Fernando Hernández | El Heraldo de Tabasco

Estancada se encuentra la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se propone reformar diversas disposiciones del Código Penal en Materia de Legítima Defensa, con la finalidad de ampliarla ante los vacíos legales que existen en la entidad y el incremento de los delitos que se cometen en domicilios particulares.

Desde el 9 de noviembre del 2017, la ex diputada local del PAN, Solange Soler Lanz, presentó la Iniciativa en el Congreso local para que sea tomada en cuenta en el análisis.

Ante la polémica que se generó entre los diputados por esa propuesta de la ampliación de la legitima defensa, la exdiputada precisó que no se trata de una "licencia para matar", ya que será una herramienta jurídica que se le debe dar a los ciudadanos ante la incapacidad que ha mostrado el actual gobierno para garantizar la seguridad a los ciudadanos y con esta reforma al Código Penal de Tabasco, podrán defender sus casas ante el ataque de la delincuencia.

Insistió que es un tema urgente pues en Tabasco es necesario por cuestiones de seguridad que se logren acuerdos para avanzar en esa iniciativa que presentó desde la pasada LXII Legislatura local.

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Se busca que se reforme el Artículo 14 del Código Penal donde se contempla una figura denominada "legítima defensa", vista como una excluyente del delito.

Cabe señalar que en los estados de Aguascalientes, Baja California Norte, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Nuevo León, Veracruz, Tamaulipas, ya se hizo esa reforma para determinar que el concepto de legítima defensa, solo puede ejecutarse dentro de la casa habitación

Existe otra iniciativa que presentó el diputado independiente José Manuel Sepúlveda y que consiste en reformar el artículo 14 inciso b) en su fracción II, y adicionar un párrafo tercero al numeral 66 del Código Penal del Estado, a efectos de que en lo sucesivo nuestra legislación penal contenga los supuestos de:

"Que quien sea agredido o lesionado en su casa habitación pueda repeler esa agresión, de cualquier manera bajo cualquier circunstancia y utilizando los mecanismos o los elementos que tenga a la mano y de ninguna manera puede ser imputado penalmente".

Añadió que se ha observado el aumento de casos relacionados con delitos sensibles y de alto impacto, como lo muestran los datos que arroja el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.