Con un pago inicial de 60 días a los trabajadores al servicio del estado, inició este martes la derrama producto del pago del aguinaldo.
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En tanto que para los empleados de la Iniciativa Privada se espera que la dispersión de recursos empiece a partir de este 15 de enero, aunque algunas empresas otorgan esta prestación hasta el último día.
Por ello, algunas instituciones bancarias y cajeros ubicados en plazas comerciales empiezan a tener afluencia de personas que acuden a retirar parte de su dinero.
En el caso de los trabajadores burócratas son 85 días que por ley les corresponde, aunque el pago se da en dos ministraciones, una en diciembre y otra en la primera quincena de enero.
Cabe señalar que de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores, el cual equivale a 15 días de salario, como mínimo, y el cual los patrones deben pagar cada año antes del 20 de diciembre.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
En caso de incumplimiento del patrón en el pago del aguinaldo o que incluso lo pague de manera extemporánea, el patrón puede ser acreedor a una multa, ya que se se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones.
La UMA tiene un valor de 89.62 pesos, por lo que la multa sería de entre 4 mil 480 a 44 mil 800 pesos.