/ viernes 26 de febrero de 2021

“Director de TVT no debe cantar victoria aún”

El representante electoral del PRD señaló de que a pesar de que las acusaciones contra él resultaron inexistentes anteel TEPJF, aún falta el dictamen de la Sala Superior

Luego de que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inexistentes las acusaciones en contra del director General de Televisión Tabasqueña (TVT), José Chablé Ruiz, el representante electoral del PRD, Carlos Castellanos Morales indicó que el funcionario y su partido no deben cantar victoria porque falta la última instancia que es la Sala Superior.

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Foto: Iván Sánchez | | El Heraldo de Tabasco

Indicó que está resolución se aprobó de "panzazo", por mayoría debido a que hubo serías diferencias entre dos de los tres magistrados a cargo del juicio relacionado con la denuncia hecha por su partido al funcionario estatal por presuntas violaciones al artículo 134 constitucional.

Señaló que el magistrado presidente basó sus argumentos en que la cuenta del aludido no es de carácter pública, sin embargo si bien es cierto que él abrió la cuenta también lo es que la utilizó para difundir información gubernamental, de hecho ahí se presentaba con director de la televisora.

Chablé Ruiz ya borró los tuits que publicó el 26 de diciembre pero hay las evidencias que demuestran que violó el principio de neutralidad que deben guardar los funcionarios públicos, pero sobre todo porque no debe emitir una opinión o calumnia en contra de los partidos políticos ni inducir para la elección.

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Dijo que la dirigencia nacional perredista, que es la que lleva el caso interpondrá un recurso del revisión constitucional ante la Sala Superior con muchas posibilidades de que está revire el resutivo de la Sala Regional Especializada con base en la jurisprudencia en que se ha determinado que una cuenta adquiere carácter público al difundir información de ese tipo.

"Todavía no se ha agotado la última instancia para resolver este asunto, todavía no pueden cantar victoria los que están acostumbrados a violentar la ley", dijo al precisar que lo que está en debate no es la libertad de expresión sino que un funcionario público que tiene a su mango ma televisora estatal emita opiniones de carácter político-electoral, eso es lo que prohíbe la ley.

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Consideramos -expuso- que la Sala Superior va a corregir la decisión debido a que hubo bastante diferendo entre los magistrados, sobre todo por parte de la magistrada Gabriel Villafuerte quien emitió un criterio oportuno que debe ser analizado a conciencia.

Luego de que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inexistentes las acusaciones en contra del director General de Televisión Tabasqueña (TVT), José Chablé Ruiz, el representante electoral del PRD, Carlos Castellanos Morales indicó que el funcionario y su partido no deben cantar victoria porque falta la última instancia que es la Sala Superior.

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Indicó que está resolución se aprobó de "panzazo", por mayoría debido a que hubo serías diferencias entre dos de los tres magistrados a cargo del juicio relacionado con la denuncia hecha por su partido al funcionario estatal por presuntas violaciones al artículo 134 constitucional.

Señaló que el magistrado presidente basó sus argumentos en que la cuenta del aludido no es de carácter pública, sin embargo si bien es cierto que él abrió la cuenta también lo es que la utilizó para difundir información gubernamental, de hecho ahí se presentaba con director de la televisora.

Chablé Ruiz ya borró los tuits que publicó el 26 de diciembre pero hay las evidencias que demuestran que violó el principio de neutralidad que deben guardar los funcionarios públicos, pero sobre todo porque no debe emitir una opinión o calumnia en contra de los partidos políticos ni inducir para la elección.

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Dijo que la dirigencia nacional perredista, que es la que lleva el caso interpondrá un recurso del revisión constitucional ante la Sala Superior con muchas posibilidades de que está revire el resutivo de la Sala Regional Especializada con base en la jurisprudencia en que se ha determinado que una cuenta adquiere carácter público al difundir información de ese tipo.

"Todavía no se ha agotado la última instancia para resolver este asunto, todavía no pueden cantar victoria los que están acostumbrados a violentar la ley", dijo al precisar que lo que está en debate no es la libertad de expresión sino que un funcionario público que tiene a su mango ma televisora estatal emita opiniones de carácter político-electoral, eso es lo que prohíbe la ley.

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