/ domingo 17 de mayo de 2020

Detecta Semovi servicios de transporte particulares

Las multas por el servicio no concesionado van desde los 500 mil pesos hasta los dos a seis años de prisión, advirtieron

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI), advirtió sobre las sanciones a las que podrían hacerse acreedores los particulares que están ofreciendo servicio de transporte no concesionado.

Y es que ante el ordenamiento al transporte de reducir sus horarios habituales en esta pandemia, hay quienes ofertan sus servicios de pasaje a través de las redes sociales.

En su cuenta de Twitter, la SEMOVI advierte que ésta práctica constituye un delito, por lo que llamó a los ciudadanos a no solicitarlo, incluso pidió denunciarlo para actuar legalmente.

Advirtieron que ésta práctica constituye un delito. Foto: Carlos Pérez


"Te invitamos a no prestar ni utilizar este tipo de servicios, no se encuentra regulado, tus datos personales quedan en manos de un tercero que puede utilizarlo para futuras extorsiones y sobre todo no cuentas con las garantías de un servicio concesionado como el seguro de pasajeros en caso de accidentes", señala un aviso emitido por la dependencia.

El Código Penal del Estado de Tabasco, en el artículo 317 bis establece que, "al que por sí o por interpósita persona, preste el servicio de transporte público de pasajeros, ...en cualquiera de sus modalidades, sin contar con la concesión, autorización o permiso de la autoridad competente, se le impondrá prisión de dos a seis años y multa de quinientos a mil días multa".

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI), advirtió sobre las sanciones a las que podrían hacerse acreedores los particulares que están ofreciendo servicio de transporte no concesionado.

Y es que ante el ordenamiento al transporte de reducir sus horarios habituales en esta pandemia, hay quienes ofertan sus servicios de pasaje a través de las redes sociales.

En su cuenta de Twitter, la SEMOVI advierte que ésta práctica constituye un delito, por lo que llamó a los ciudadanos a no solicitarlo, incluso pidió denunciarlo para actuar legalmente.

Advirtieron que ésta práctica constituye un delito. Foto: Carlos Pérez


"Te invitamos a no prestar ni utilizar este tipo de servicios, no se encuentra regulado, tus datos personales quedan en manos de un tercero que puede utilizarlo para futuras extorsiones y sobre todo no cuentas con las garantías de un servicio concesionado como el seguro de pasajeros en caso de accidentes", señala un aviso emitido por la dependencia.

El Código Penal del Estado de Tabasco, en el artículo 317 bis establece que, "al que por sí o por interpósita persona, preste el servicio de transporte público de pasajeros, ...en cualquiera de sus modalidades, sin contar con la concesión, autorización o permiso de la autoridad competente, se le impondrá prisión de dos a seis años y multa de quinientos a mil días multa".

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