El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) declaró procedente la coalición parcial "Va por Tabasco", registrada por los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional.
El convenio es para postular candidaturas a trece fórmulas de diputaciones locales y nueve planillas para regidurías de los ayuntamientos por el principio de mayoría relativa en las elecciones del 6 de junio.
La solicitud de registro de convenio de coalición fue presentada el pasado 2 de enero pasado por las representaciones electorales de ambos partidos y suscrita por los dirigentes Pedro Gabriel Hidalgo Cáceres, Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN y su homólogo del PRI, Dagoberto Lara Sedas.
El artículo 9 apartado A, fracción I de la Constitución Local, señala que los partidos políticos son entidades de interés público, y que la ley determinará las formas específicas de su intervención en el proceso electoral.
Además de su derecho a participar en las lecciones estatales, distritales y municipales, por sí mismos o en coaliciones totales o parciales, y que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional o estatal, según corresponda, y como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de estos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan.
Asimismo, los artículos 87 y 88 de la Ley de Partidos, establecen que los partidos políticos nacionales y locales podrán formar coaliciones para las elecciones de gubernatura, diputaciones a las legislaturas locales de mayoría relativa y ayuntamientos.
El acuerdo aprobado este martes en sesión extraordinaria con carácter de urgente, establece que esta coalición deberá observar las mismas reglas de paridad de género que los partidos políticos, sujetándose en todo momento a las disposiciones establecidas en los artículos 278 y 280, numeral 8 del Reglamento.
Así como en los Lineamientos para garantizar los principios constitucionales de paridad, igualdad y no discriminación en las postulaciones de candidaturas a presidencias municipales, regidurías y diputaciones en los procesos electorales, aprobado por el Consejo Estatal.
En otro asunto, el órgano colegiado determinó inexistente la infracción atribuida a los servidores públicos Juan Manuel Fócil Pérez, Leidy Morales May y Saúl Armando Rodríguez Rodríguez y militantes del PRD, por actos anticipados de precampaña o campaña; promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con fines electorales.