Este sábado, el Instituto de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) comenzó a entregar las órdenes de pago del seguro de daños periciales de las viviendas afectadas por las inundaciones.
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A través de las redes sociales, el instituto recordó a los afectados por la inundaciones que pueden comunicarse al teléfono 800-008-3900 para acceder a este recurso.
Seguro de daños y cobertura
El programa de aseguramiento que consiste en otorgar un seguro a todas las viviendas que son garantía de crédito, mismo que permanece vigente durante la vida del crédito, y que se puede ejercer mientras esté al corriente en sus pagos a la fecha del siniestro.
El seguro de daños NO aplica para créditos Mejoravit y Empleavit, en el caso de los créditos cofinanciados, solo aplica a la parte del crédito financiada por el Instituto; en los conyugales aplica en primer lugar al crédito principal.
En caso de que la aseguradora, a través de su despacho de ajustadores determine pérdida total de tu vivienda, procederá la liquidación del crédito, deberás entregar una carta donde confirmes del conocimiento de esta acción, debe incluir tu firma autógrafa.
En caso de que la aseguradora, a través de su despacho de ajustadores determine pérdida parcial de tu vivienda, fijará el monto del seguro de daños a pagarte, el cual te podrá ser entregado:
- El Infonavit te entregará una orden de pago, para que puedas cobraren cualquier sucursal HSBC el monto del seguro de daños
- La reparación de tu vivienda, la calidad de la mano de obra, y materiales utilizados quedan bajo tu total responsabilidad, recuerda que personal del Infonavit está facultado para inspeccionar los trabajos de reparación efectuados a tu vivienda.
- El Infonavit podrá contratar a empresas constructoras para que lleven a cabo las reparaciones de tu vivienda, acorde con el presupuesto de reparación realizado por el despacho de ajustadores que realizó la visita de inspección de tu vivienda.
En caso de pérdida o daño en las viviendas por inundación, se entregará una poyo para enseres domésticos, para que opere esta cobertura, la vivienda debe ser destruida totalmente o dañada parcialmente por un riesgo asegurado, siempre y cuando sea el acreditado quien habite la vivienda.
Para los demás riesgos cubiertos por póliza el monto de la indemnización se obtendrá dependiendo de la severidad del daño en el inmueble
Coberturas:
- Incendio
- Terremoto
- Erupción volcánica
- Desplazamiento de terreno (siempre que se presente de manera súbita e Imprevista)
- Inundación
- Explosión
- Huracán
- Ciclón
- Granizo y/o nieve
- Vientos tempestuosos
- Objetos caídos de aviones
- Caída de árboles