/ domingo 5 de abril de 2020

¡Sólo necesitas estar al corriente! Otorgan bancos facilidades y beneficios temporales

Las instituciones bancarias anunciaron condiciones para que sus cuentahabientes no tengan problemas para amortiguar la crisis que se genera ante la pandemia de coronavirus

Los Bancos han establecido una serie de beneficios o facilidades temporales para que los usuarios puedan diferir los pagos de sus créditos al consumo, a la vivienda y también a los créditos comerciales para mejorar su liquidez, entre los que se encuentran: Crédito Automotriz, Crédito Personal, Crédito de Nómina, Tarjeta de Crédito y Microcrédito.

En un boletín informativo señala que para acceder a un apoyo de diferimiento de los pagos de un crédito, el usuario debe comunicarse con la institución financiera con la que tiene contratado el crédito para conocer los requisitos que se deben cumplir, entre los que se encuentran:

Que la cuenta esté en cartera vigente al 28 de febrero de 2020; Acreditar que el usuario se ha visto afectado directamente como resultado de la situación que vive el país por la epidemia causada por el virus COVID-19; Que el crédito tenga una vigencia de vida, es decir, que ya se lleven ciertas mensualidades pagadas; generalmente más de la mitad del plazo originalmente establecido. Esto depende del criterio de cada Banco.

Es importante reiterar que las medidas de apoyo que los bancos podrán aplicar son de manera discrecional, esto es, no es obligatorio para los Bancos aceptar todas las solicitudes que les hagan los usuarios.

En lo general, lo que harán los bancos es renovar o reestructurar los créditos con un plazo de gracia de 4 meses, con posibilidades de extenderlos por 2 meses más, siempre y cuando este proceso se realice dentro de los 120 días naturales siguientes al 28 de febrero de 2020; esto es a partir del saldo insoluto que se tenía en febrero.

En este caso, si no pudiste pagar la mensualidad de marzo, pero ibas al corriente antes, no te preocupes, es parte de los meses que se pueden reestructurar.

En casos particulares y a discreción de los Bancos las reestructuras o renovaciones podrán incluir quitas, condonaciones, bonificaciones o descuentos sobre el saldo del crédito, que permitan menores pagos o mensualidades.

Para los acreditados en fechas posteriores, como mecanismo para fortalecer la liquidez de estos últimos, aún y cuando seguramente el plazo del crédito será mayor.

La renovación de estos créditos no será reportada por los Bancos como créditos vencidos ante las Sociedades de Información Crediticia, es decir, ante el Buró de Crédito o Círculo de Crédito. Esto es, no implicarán un deterioro o una mala nota en el historial crediticio de los acreditados, que los pudiera afectar posteriormente.

Los Bancos han establecido una serie de beneficios o facilidades temporales para que los usuarios puedan diferir los pagos de sus créditos al consumo, a la vivienda y también a los créditos comerciales para mejorar su liquidez, entre los que se encuentran: Crédito Automotriz, Crédito Personal, Crédito de Nómina, Tarjeta de Crédito y Microcrédito.

En un boletín informativo señala que para acceder a un apoyo de diferimiento de los pagos de un crédito, el usuario debe comunicarse con la institución financiera con la que tiene contratado el crédito para conocer los requisitos que se deben cumplir, entre los que se encuentran:

Que la cuenta esté en cartera vigente al 28 de febrero de 2020; Acreditar que el usuario se ha visto afectado directamente como resultado de la situación que vive el país por la epidemia causada por el virus COVID-19; Que el crédito tenga una vigencia de vida, es decir, que ya se lleven ciertas mensualidades pagadas; generalmente más de la mitad del plazo originalmente establecido. Esto depende del criterio de cada Banco.

Es importante reiterar que las medidas de apoyo que los bancos podrán aplicar son de manera discrecional, esto es, no es obligatorio para los Bancos aceptar todas las solicitudes que les hagan los usuarios.

En lo general, lo que harán los bancos es renovar o reestructurar los créditos con un plazo de gracia de 4 meses, con posibilidades de extenderlos por 2 meses más, siempre y cuando este proceso se realice dentro de los 120 días naturales siguientes al 28 de febrero de 2020; esto es a partir del saldo insoluto que se tenía en febrero.

En este caso, si no pudiste pagar la mensualidad de marzo, pero ibas al corriente antes, no te preocupes, es parte de los meses que se pueden reestructurar.

En casos particulares y a discreción de los Bancos las reestructuras o renovaciones podrán incluir quitas, condonaciones, bonificaciones o descuentos sobre el saldo del crédito, que permitan menores pagos o mensualidades.

Para los acreditados en fechas posteriores, como mecanismo para fortalecer la liquidez de estos últimos, aún y cuando seguramente el plazo del crédito será mayor.

La renovación de estos créditos no será reportada por los Bancos como créditos vencidos ante las Sociedades de Información Crediticia, es decir, ante el Buró de Crédito o Círculo de Crédito. Esto es, no implicarán un deterioro o una mala nota en el historial crediticio de los acreditados, que los pudiera afectar posteriormente.

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