/ viernes 3 de enero de 2020

Cuestan más gasolinas, cultura y hasta el ahorro 

De 2017 a 2020 casi se triplicó el impuesto por el ahorro formal, al pasar de 0.58 a 1.45 por ciento

Este 2020 inicia con aumentos a algunos productos, servicios y gravámenes tanto a nivel federal como local. La Secretaría de Hacienda informó que, a partir del 1 de enero próximo, se ajustan la tasas que se pagan por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en gasolina, refrescos, bebidas alcohólicas y cigarros, además de los juegos de apuestas, los hospedajes y un mayor impuesto por ahorrar.

En Tabasco también se contemplan incrementos en servicios funerarios, producción de plantas y semillas, servicios de la Secretaría de Cultura, además del muy mencionado reemplacamiento.

Esto a raíz de las reformas y adiciones de diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado, de la Ley de Coordinación Fiscal y Financiera, del Código Fiscal, y de la Ley de Deuda Pública del Estado de Tabasco y sus Municipios.

De acuerdo al integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes Ramos, muchos de estos nuevos impuestos están sustentados en la Ley de Hacienda.

Como ejemplo, se encuentran los derechos que establece el pago de 8 mil 400 o 100 UMA por la inscripción de traslación de dominio de vivienda de interés social o popular, de lotes o de predios destinados a vivienda; así como 15 mil 282 UMA 180 UMA por el registro de donaciones; y 8 mil 400 o 100 UMA por la inscripción de registros hipotecarios o por inscripción de embargos.

Otro caso es el pago de derechos por la producción de plantas y semillas, de plantas frutales en peligro de extinción; plantas tropicales de frutales varias o injertados 0.148 UMA, por asesoría técnica para la injertación de diversas especies de plantas y semillas que se consideró con 34.00 UMA

También se insertó el artículo 98-C para establecer los servicios prestados por la Secretaria de Cultura, el que se determina el pago que deben realizar las diversas escuelas públicas y privadas por el uso de las instalaciones del Planetario, de los auditorios, salones de usos múltiples, museos y teatros.

Se contemplan incrementos en los servicios funerarios que presta el ISSET, por ejemplo: actualmente por el uso de la sala velatorio se cobran 55.65 UMA y a partir de 2020 el costo de 63.33 unidades.

Cabe señalar que otra obligación la constituyen diversos cobros por los servicios prestados por la Secretaria de Salud, el DIF, principalmente en lo que concierne a la atención que se brinda en el Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad Auditiva.

En este rubro destaca que la consulta por primera vez, costará 0.36 UMA, en tanto que la valoración del lenguaje de 0.59 a 2.37 UMA según el nivel.

En lo que respecta al reemplacamiento se contempla que los nuevos juegos de placas tendrán un costo de 12 UMA, según se aprecia en los artículos 85 y 86, fracción V, inciso a), de ambos numerales.

Lo anterior significa 2 UMA más de lo que costó el reemplacamiento anterior, por lo cual tomando en cuenta que el valor actual de los UMA es de 84.9, significa que las nuevas placas tendrán un costo de 1,013.88 pesos por juego.

Los impuestos federales

La Secretaría de Hacienda informó que, a partir del 1 de enero próximo, se ajustan la tasas que se pagan por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en gasolina, refrescos y cigarros, lo que pega a los bolsillos de todos los ciudadanos del país.

Se subió de 0.35 a 0.4944 pesos por unidad el IEPS a los cigarros y esto traerá un incremento directo en el precio de este producto para los consumidores. De los refrescos, el aumentó pasó de 1.17 a 1.2616 pesos por litro.

Además a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), Hacienda indicó que en entre 2019 y 2020 la cuota del IEPS por litro de gasolina Magna o regular pasará de 4.81 a 4.95 pesos; con un alza de 14 centavos o 2.91%.

Para la Premium, refirió, el impuesto escalará de 4.06 a 4.18 pesos por litro; con un incremento de 12 centavos o 2.95%. Mientras que la contribución por litro de diésel sube de 5.28 a 5.44 pesos; con un alza de 16 centavos o 3.03%.

Si toman en cuenta dichos aumentos y se aplican a los precios más altos del combustible publicado por la Profeco el 23 de diciembre pasado, un tanque de 40 litros de Magna pasaría de 856.4 a 862 pesos.

El mismo depósito de Premium y diésel avanzaría de 919.6 a 926 pesos y de 979.6 a 986 pesos, respectivamente; aunque los precios finales varían según en cada región del país.

De las bebidas alcohólicas, el impuesto será de un 4.5% sobre el precio de la venta de productos con etanol y no será aplicable para la cerveza, el aguamiel o el pulque, mientras que los juegos de apuesta tendrán un impuesto de 10% sobre el monto de la apuesta que realice el jugador. Mientras que el Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos será de 13%.
El hospedaje de hoteles y demás negocios tendrán un incremento en el impuesto que pasará de 3% a 3.5%.

Pero también por ahorrar se pagará más al gobierno ya que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que en 2020, la tasa de retención de ISR será de 1.45%.

En 2017 la tasa de retención era de 0.58 por ciento y disminuyó para 2018 a 0.46 por ciento; en 2019 el actual gobierno la incrementó en más de 100 por ciento y se cobra en este año una tasa de retención a ahorradores e inversionistas de 1.04 por ciento. Ahora la propuesta para 2020 es que suba todavía más a 1.45 por ciento.

De este modo, se espera un verdadero calvario para los contribuyentes, que además se deberán enfrentar a pagos ya conocidos a nivel municipal como el impuesto predial, además de los propios de la actividad empresarial y que tienen su punto álgido en los primeros meses del año con la presentación de las declaraciones formales ante el SAT.

Se adiciona el articulo 73-A en el que se contemplan los derechos relativos a los servicios prestados por el Registro Público, estableciéndose un total de 34 conceptos, entre los que destacan:


  • El pago de 100.00 UMA por la inscripción de la traslación de dominio de vivienda de interesa social o popular, de lotes o de predios destinados a vivienda.
  • 180 UMA por el registro de donaciones; 100 UMA por la inscripción de registros hipotecarios o por inscripción de embargos.

Se adiciona el articulo 98-A, en el que se establecen nuevos derechos por los servicios que presta la Secretaria de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca, entre los que destacan:


  • Por la producción de plantas y semillas, de plantas frutales en peligro de extinción; plantas tropicales de frutales varias o injertados 0.148 UMA
  • Por asesoría técnica para la injertación de diversas especies de plantas y semillas 34.00 UMA.

También se inserta el articulo 98-C para establecer los servicios prestados por la Secretaria de Cultura, el que se determina el pago que deben realizar las diversas escuelas públicas y privadas por el uso de las instalaciones del Planetario, de los auditorios, salones de usos múltiples, museos, teatros.

Por otra parte, también se contemplan incrementos en los servicios funerarios que presta el ISSET, por ejemplo: actualmente por el uso de la sala velatoria se cobran 55.65 UMA y a partir de 2020 el costo de 63.33.

Se contemplan diversos cobros por los servicios prestados por la Secretaria de Salud, el DIF, principalmente en lo que concierne a la atención que se brinda en el Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad Auditiva.

En ella destaca que la consulta por primera vez, costara 0.36 UMA, la valoración del lenguaje de 0.59 a 2.37 UMA según el nivel. La audiometría de 0.59 a 1.18, según el nivel.

Se contempla que los nuevos juegos de placas tendrán un costo de 12 UMA, según se aprecia en los artículos 85 y 86, fracción V, inciso a), de ambos numerales. Esto significa 2 UMA más de lo que costó el reemplacamiento anterior, por lo cual tomando en cuenta que el valor actual de los UMA es de 84.9, significa que las nuevas placas tendrán un costo de $1,013. 88 (Mil trece pesos con 88 centavos, lo que se incrementará si el UMA aumenta el año 2020

Este 2020 inicia con aumentos a algunos productos, servicios y gravámenes tanto a nivel federal como local. La Secretaría de Hacienda informó que, a partir del 1 de enero próximo, se ajustan la tasas que se pagan por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en gasolina, refrescos, bebidas alcohólicas y cigarros, además de los juegos de apuestas, los hospedajes y un mayor impuesto por ahorrar.

En Tabasco también se contemplan incrementos en servicios funerarios, producción de plantas y semillas, servicios de la Secretaría de Cultura, además del muy mencionado reemplacamiento.

Esto a raíz de las reformas y adiciones de diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado, de la Ley de Coordinación Fiscal y Financiera, del Código Fiscal, y de la Ley de Deuda Pública del Estado de Tabasco y sus Municipios.

De acuerdo al integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes Ramos, muchos de estos nuevos impuestos están sustentados en la Ley de Hacienda.

Como ejemplo, se encuentran los derechos que establece el pago de 8 mil 400 o 100 UMA por la inscripción de traslación de dominio de vivienda de interés social o popular, de lotes o de predios destinados a vivienda; así como 15 mil 282 UMA 180 UMA por el registro de donaciones; y 8 mil 400 o 100 UMA por la inscripción de registros hipotecarios o por inscripción de embargos.

Otro caso es el pago de derechos por la producción de plantas y semillas, de plantas frutales en peligro de extinción; plantas tropicales de frutales varias o injertados 0.148 UMA, por asesoría técnica para la injertación de diversas especies de plantas y semillas que se consideró con 34.00 UMA

También se insertó el artículo 98-C para establecer los servicios prestados por la Secretaria de Cultura, el que se determina el pago que deben realizar las diversas escuelas públicas y privadas por el uso de las instalaciones del Planetario, de los auditorios, salones de usos múltiples, museos y teatros.

Se contemplan incrementos en los servicios funerarios que presta el ISSET, por ejemplo: actualmente por el uso de la sala velatorio se cobran 55.65 UMA y a partir de 2020 el costo de 63.33 unidades.

Cabe señalar que otra obligación la constituyen diversos cobros por los servicios prestados por la Secretaria de Salud, el DIF, principalmente en lo que concierne a la atención que se brinda en el Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad Auditiva.

En este rubro destaca que la consulta por primera vez, costará 0.36 UMA, en tanto que la valoración del lenguaje de 0.59 a 2.37 UMA según el nivel.

En lo que respecta al reemplacamiento se contempla que los nuevos juegos de placas tendrán un costo de 12 UMA, según se aprecia en los artículos 85 y 86, fracción V, inciso a), de ambos numerales.

Lo anterior significa 2 UMA más de lo que costó el reemplacamiento anterior, por lo cual tomando en cuenta que el valor actual de los UMA es de 84.9, significa que las nuevas placas tendrán un costo de 1,013.88 pesos por juego.

Los impuestos federales

La Secretaría de Hacienda informó que, a partir del 1 de enero próximo, se ajustan la tasas que se pagan por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en gasolina, refrescos y cigarros, lo que pega a los bolsillos de todos los ciudadanos del país.

Se subió de 0.35 a 0.4944 pesos por unidad el IEPS a los cigarros y esto traerá un incremento directo en el precio de este producto para los consumidores. De los refrescos, el aumentó pasó de 1.17 a 1.2616 pesos por litro.

Además a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), Hacienda indicó que en entre 2019 y 2020 la cuota del IEPS por litro de gasolina Magna o regular pasará de 4.81 a 4.95 pesos; con un alza de 14 centavos o 2.91%.

Para la Premium, refirió, el impuesto escalará de 4.06 a 4.18 pesos por litro; con un incremento de 12 centavos o 2.95%. Mientras que la contribución por litro de diésel sube de 5.28 a 5.44 pesos; con un alza de 16 centavos o 3.03%.

Si toman en cuenta dichos aumentos y se aplican a los precios más altos del combustible publicado por la Profeco el 23 de diciembre pasado, un tanque de 40 litros de Magna pasaría de 856.4 a 862 pesos.

El mismo depósito de Premium y diésel avanzaría de 919.6 a 926 pesos y de 979.6 a 986 pesos, respectivamente; aunque los precios finales varían según en cada región del país.

De las bebidas alcohólicas, el impuesto será de un 4.5% sobre el precio de la venta de productos con etanol y no será aplicable para la cerveza, el aguamiel o el pulque, mientras que los juegos de apuesta tendrán un impuesto de 10% sobre el monto de la apuesta que realice el jugador. Mientras que el Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos será de 13%.
El hospedaje de hoteles y demás negocios tendrán un incremento en el impuesto que pasará de 3% a 3.5%.

Pero también por ahorrar se pagará más al gobierno ya que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que en 2020, la tasa de retención de ISR será de 1.45%.

En 2017 la tasa de retención era de 0.58 por ciento y disminuyó para 2018 a 0.46 por ciento; en 2019 el actual gobierno la incrementó en más de 100 por ciento y se cobra en este año una tasa de retención a ahorradores e inversionistas de 1.04 por ciento. Ahora la propuesta para 2020 es que suba todavía más a 1.45 por ciento.

De este modo, se espera un verdadero calvario para los contribuyentes, que además se deberán enfrentar a pagos ya conocidos a nivel municipal como el impuesto predial, además de los propios de la actividad empresarial y que tienen su punto álgido en los primeros meses del año con la presentación de las declaraciones formales ante el SAT.

Se adiciona el articulo 73-A en el que se contemplan los derechos relativos a los servicios prestados por el Registro Público, estableciéndose un total de 34 conceptos, entre los que destacan:


  • El pago de 100.00 UMA por la inscripción de la traslación de dominio de vivienda de interesa social o popular, de lotes o de predios destinados a vivienda.
  • 180 UMA por el registro de donaciones; 100 UMA por la inscripción de registros hipotecarios o por inscripción de embargos.

Se adiciona el articulo 98-A, en el que se establecen nuevos derechos por los servicios que presta la Secretaria de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca, entre los que destacan:


  • Por la producción de plantas y semillas, de plantas frutales en peligro de extinción; plantas tropicales de frutales varias o injertados 0.148 UMA
  • Por asesoría técnica para la injertación de diversas especies de plantas y semillas 34.00 UMA.

También se inserta el articulo 98-C para establecer los servicios prestados por la Secretaria de Cultura, el que se determina el pago que deben realizar las diversas escuelas públicas y privadas por el uso de las instalaciones del Planetario, de los auditorios, salones de usos múltiples, museos, teatros.

Por otra parte, también se contemplan incrementos en los servicios funerarios que presta el ISSET, por ejemplo: actualmente por el uso de la sala velatoria se cobran 55.65 UMA y a partir de 2020 el costo de 63.33.

Se contemplan diversos cobros por los servicios prestados por la Secretaria de Salud, el DIF, principalmente en lo que concierne a la atención que se brinda en el Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad Auditiva.

En ella destaca que la consulta por primera vez, costara 0.36 UMA, la valoración del lenguaje de 0.59 a 2.37 UMA según el nivel. La audiometría de 0.59 a 1.18, según el nivel.

Se contempla que los nuevos juegos de placas tendrán un costo de 12 UMA, según se aprecia en los artículos 85 y 86, fracción V, inciso a), de ambos numerales. Esto significa 2 UMA más de lo que costó el reemplacamiento anterior, por lo cual tomando en cuenta que el valor actual de los UMA es de 84.9, significa que las nuevas placas tendrán un costo de $1,013. 88 (Mil trece pesos con 88 centavos, lo que se incrementará si el UMA aumenta el año 2020

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