/ jueves 26 de agosto de 2021

Tabasqueño: 10 cosas que debes saber antes de hacer tu testamento

La elaboración del documento, puede considerarse un acto de amor hacia familiares y amigos, pues evita trámites y juicios costosos, además que da certeza de cuál será el destino de tu patrimonio cuando ya no estés

A pesar de que es un tema que suele ser algo delicado de tocar en las familias, el Testamento es un documento que por salud emocional, se debe tener en cuenta a todas las edades, principalmente al ser dueño de bienes.

Lee más: Tabasqueño, ¿No te sabes tu CURP?, checa esta información

La elaboración de un testamento puede ser un acto de amor hacia familiares y amigos, pues evitar trámites, gastos y molestias innecesarias a los herederos de una persona.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

A unos días de que inicie septiembre, el Mes del Testamento, te damos unos datos interesantes del por qué es importante realizar este trámite a tiempo y todo lo que debes saber sobre el tema.

1.- ¿Qué es un testamento?

Es un instrumento legal que es otorgado ante un notario en el que se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán los bienes y derechos para después de nuestra muerte.

Se trata de una herramienta que garantiza la seguridad jurídica de nuestros seres queridos.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

2.- ¿Por qué es importante hacer tu testamento?

El patrimonio de una persona representa trabajo, esfuerzo físico y mental, por lo que tiene derecho a decidir a quien destinarlo.

Lee mas: ¿Tramitarás tu pasaporte?, esta información es para ti

3.- ¿Quiénes pueden hacerlo?

Cualquier persona en pleno uso de sus facultades mentales, a partir de los 16 años, sin importar su estado civil o si tiene o no hijos.

4.- ¿Qué información debe contener un testamento?

Deberás tener en claro, quien o quienes pasarán a ser dueños de tus bienes cuando mueras. En el caso de tratarse de varios herederos, deberás destinar el porcentaje que le corresponderá a cada uno.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

Se tienen que designar herederos sustitutos; esto en el caso de que los herederos elegidos en primer lugar fallezcan antes, o al mismo tiempo que el testador, o en los casos de que no quieran o no puedan aceptar la herencia.

5.- ¿Cuáles son los requisitos?

Primero deberás acudir con el Notario de tu preferencia, llevando la siguiente documentación:

  • Identificación oficial
  • Tres testigos
  • Acreditar lo que se hereda
  • Manifestar a qué persona o personas quieres que pasen todos tus bienes
  • Pagar los honorarios

6.- ¿Qué pasa si no hago mi testamento?

Si no hay la existencia de un testamento, la ley decidirá por nosotros sobre el destino de nuestros bienes, por lo que realizarlo es la mejor manera de ordenar los deseos, ya que hace constar de forma legal la voluntad, facilitando la transmisión de los bienes y evitando problemas a nuestros familiares y juicios costosos, además que garantiza que tu voluntad será cumplida.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

La ley designará los herederos siguiendo un orden de parentesco: primero hijos o descendientes.

7.- ¿Se puede modificar el testamento?

El documento puede ser modificado tantas veces como se requiera. Solamente es necesario volver a citarse con el notario para reescribir el testamento. El documento que tendrá valor legal será el último.

8.- ¿Cuáles son los tipo de testamentos que existen?

Hay distintos tipos de testamentos, los cuales deberán ser considerados de acuerdo a las necesidades de la persona que desea ceder sus bienes.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

Testamento Público Abierto. Es el que se otorga ante Notario Público, si el testador sabe leer y escribir no hay necesidad de testigos, de lo contrario acudirá con dos testigos y si no sabe el idioma tendrá que estar presente un traductor.

Testamento Público Cerrado. Puede ser escrito por el testador o por otra persona a su ruego; y en papel común para darle formalidad deberá acudir con un notario y declarar el testador que la persona formó a su ruego.

Testamento Público Simplificado. Es el que se otorga ante notario en el momento de la escrituración, respecto de un inmueble destinado o que vaya a ser destinado a vivienda en donde se consigne la adquisición o la regularización, es decir, el testamento queda plasmado en las mismas escrituras.

Testamento ológrafo. Es aquel que es escrito de puño y letra del testador, el que será cerrado y lacrado depositándose en el Archivo General de Notarías.

Testamento privado. Este testamento sólo podrá ser válido en casos graves o enfermedad violenta, siempre y cuando no se pueda realizar el testamento ológrafo.

Testamento Militar. Este testamento lo podrán realizar los militares o asimilados, en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre el campo de batalla, declarando su voluntad ante dos testigos o entregando pliego cerrado que contenga su última voluntad, firmada de puño y letra.

Testamento Marítimo. Este testamento lo podrán realizar los que se encuentren en altamar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o mercante, lo escribirán en presencia de dos testigos y el capitán.

Testamento hecho en país extranjero. Estos producirán efectos en el Distrito Federal, cuando hayan sido formulados de acuerdo a las Leyes del país en donde se otorgaron.

9.- ¿Cuánto cuesta realizar un testamento?

En México, cada entidad presenta distintos costos, en el caso de Tabasco, los costos aproximados son de dos mil trescientos pesos, los cuales pueden depender de acuerdo a la notaría, al tipo de testamento.

10.- ¿Qué beneficios hay durante el Mes del Testamento?

Durante el mes de septiembre, Tabasco realiza una campaña donde promueve a la ciudadanía éste trámite para contribuir a una cultura de previsión, de certeza y seguridad jurídica en el derecho a heredar, por lo que las notarias extienden sus horarios de atención, ofrece costos accesibles y asesoría gratuita en materia testamentaria a través de los teléfonos 993 142 0576.

A pesar de que es un tema que suele ser algo delicado de tocar en las familias, el Testamento es un documento que por salud emocional, se debe tener en cuenta a todas las edades, principalmente al ser dueño de bienes.

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La elaboración de un testamento puede ser un acto de amor hacia familiares y amigos, pues evitar trámites, gastos y molestias innecesarias a los herederos de una persona.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

A unos días de que inicie septiembre, el Mes del Testamento, te damos unos datos interesantes del por qué es importante realizar este trámite a tiempo y todo lo que debes saber sobre el tema.

1.- ¿Qué es un testamento?

Es un instrumento legal que es otorgado ante un notario en el que se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán los bienes y derechos para después de nuestra muerte.

Se trata de una herramienta que garantiza la seguridad jurídica de nuestros seres queridos.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

2.- ¿Por qué es importante hacer tu testamento?

El patrimonio de una persona representa trabajo, esfuerzo físico y mental, por lo que tiene derecho a decidir a quien destinarlo.

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3.- ¿Quiénes pueden hacerlo?

Cualquier persona en pleno uso de sus facultades mentales, a partir de los 16 años, sin importar su estado civil o si tiene o no hijos.

4.- ¿Qué información debe contener un testamento?

Deberás tener en claro, quien o quienes pasarán a ser dueños de tus bienes cuando mueras. En el caso de tratarse de varios herederos, deberás destinar el porcentaje que le corresponderá a cada uno.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

Se tienen que designar herederos sustitutos; esto en el caso de que los herederos elegidos en primer lugar fallezcan antes, o al mismo tiempo que el testador, o en los casos de que no quieran o no puedan aceptar la herencia.

5.- ¿Cuáles son los requisitos?

Primero deberás acudir con el Notario de tu preferencia, llevando la siguiente documentación:

  • Identificación oficial
  • Tres testigos
  • Acreditar lo que se hereda
  • Manifestar a qué persona o personas quieres que pasen todos tus bienes
  • Pagar los honorarios

6.- ¿Qué pasa si no hago mi testamento?

Si no hay la existencia de un testamento, la ley decidirá por nosotros sobre el destino de nuestros bienes, por lo que realizarlo es la mejor manera de ordenar los deseos, ya que hace constar de forma legal la voluntad, facilitando la transmisión de los bienes y evitando problemas a nuestros familiares y juicios costosos, además que garantiza que tu voluntad será cumplida.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

La ley designará los herederos siguiendo un orden de parentesco: primero hijos o descendientes.

7.- ¿Se puede modificar el testamento?

El documento puede ser modificado tantas veces como se requiera. Solamente es necesario volver a citarse con el notario para reescribir el testamento. El documento que tendrá valor legal será el último.

8.- ¿Cuáles son los tipo de testamentos que existen?

Hay distintos tipos de testamentos, los cuales deberán ser considerados de acuerdo a las necesidades de la persona que desea ceder sus bienes.

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

Testamento Público Abierto. Es el que se otorga ante Notario Público, si el testador sabe leer y escribir no hay necesidad de testigos, de lo contrario acudirá con dos testigos y si no sabe el idioma tendrá que estar presente un traductor.

Testamento Público Cerrado. Puede ser escrito por el testador o por otra persona a su ruego; y en papel común para darle formalidad deberá acudir con un notario y declarar el testador que la persona formó a su ruego.

Testamento Público Simplificado. Es el que se otorga ante notario en el momento de la escrituración, respecto de un inmueble destinado o que vaya a ser destinado a vivienda en donde se consigne la adquisición o la regularización, es decir, el testamento queda plasmado en las mismas escrituras.

Testamento ológrafo. Es aquel que es escrito de puño y letra del testador, el que será cerrado y lacrado depositándose en el Archivo General de Notarías.

Testamento privado. Este testamento sólo podrá ser válido en casos graves o enfermedad violenta, siempre y cuando no se pueda realizar el testamento ológrafo.

Testamento Militar. Este testamento lo podrán realizar los militares o asimilados, en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre el campo de batalla, declarando su voluntad ante dos testigos o entregando pliego cerrado que contenga su última voluntad, firmada de puño y letra.

Testamento Marítimo. Este testamento lo podrán realizar los que se encuentren en altamar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o mercante, lo escribirán en presencia de dos testigos y el capitán.

Testamento hecho en país extranjero. Estos producirán efectos en el Distrito Federal, cuando hayan sido formulados de acuerdo a las Leyes del país en donde se otorgaron.

9.- ¿Cuánto cuesta realizar un testamento?

En México, cada entidad presenta distintos costos, en el caso de Tabasco, los costos aproximados son de dos mil trescientos pesos, los cuales pueden depender de acuerdo a la notaría, al tipo de testamento.

10.- ¿Qué beneficios hay durante el Mes del Testamento?

Durante el mes de septiembre, Tabasco realiza una campaña donde promueve a la ciudadanía éste trámite para contribuir a una cultura de previsión, de certeza y seguridad jurídica en el derecho a heredar, por lo que las notarias extienden sus horarios de atención, ofrece costos accesibles y asesoría gratuita en materia testamentaria a través de los teléfonos 993 142 0576.

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