Cómo puedes dar de baja la CURP de una persona; situaciones en las que es posible

Este trámite lo puede realizar el titular de la CURP, algún familiar o un representante legal

Jesús Noé Suárez | El Sol de Puebla

  · jueves 11 de agosto de 2022

La Clave Única de Registro Poblacional (CURP) es un instrumento oficial emitido por el gobierno que sirve para dar de alta a todos los habitantes del país, ya sean nacionales o residentes extranjeros, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otras naciones. Esta herramienta también es solicitada para realizar varios trámites.

En ocasiones, hay inconvenientes con este documento que les impide a los ciudadanos hacer diferentes procedimientos, tanto en instituciones privadas como en públicas, o incluso es solicitado para rentar casas o locales, pero si se detectan irregularidades no podrá proceder en tiempo y forma como se tiene planeado.

Dependiendo de la situación de cada quien, se determinará el camino que se debe seguir; las autoridades detallaron que existen casos en los que es necesario dar de baja la CURP, si te interesa acceder a este servicio, o quieres más información al respecto, a continuación, te diremos todo lo que necesitas saber.

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¿En qué casos se puede dar de baja la CURP?

De acuerdo con la ventanilla digital, en el estado existen dos casos en los que se puede dar de baja la CURP; el primero es por defunción, es decir, cuando una persona muere y sus seres queridos buscan que se retire su información.

La segunda es por homonimia, que es una condición en la que un ciudadano tiene el mismo nombre que otra persona, lo que da como resultado que las primeras 16 cifras de su CURP sean idénticas, esto genera distintos problemas.

Cualquiera de las opciones es gratuita, además, se puede hacer de manera presencial, en línea o por correo electrónico. El tiempo de espera es de 10 minutos, mientras que para cambiar datos es de 3 a 10 días hábiles. Este es el procedimiento que debes cumplir y los papeles que te pedirán.

Requisitos

Baja por defunción:

  • Acta de defunción certificada por la Dirección General del Registro Civil.
  • Acta de nacimiento del fallecido emitida por el Archivo General del Registro Civil.
  • Acta de matrimonio expedida por el Archivo General del Registro Civil (en caso de haber sido casado).
  • CURP.

Baja por homonimia:

Acta de nacimiento emitida por la Dirección General del Registro Civil.

CURP correcta.

CURP's incorrectas o constancia de homonimia, consulta en www.gob.mx/curp

Identificación Oficial con fotografía.

Pasos generales para dar de baja la CURP

En línea:

  • Lo primero es juntar la documentación requerida dependiendo el caso.
  • Luego te irás a la parte superior izquierda de la página y seleccionarás ‘Iniciar trámite’, en ese espacio colocarás los datos necesarios.
  • Lo último es ir al botón ‘Imprimir’ y ´Protesta ciudadana’.

Publicado originalmente en: El Sol de Puebla