/ martes 9 de abril de 2019

Constitución tabasqueña centenaria

Nuestra Constitución estatal vigente ya es centenaria. Tabasco ha tenido ocho Constituciones. La primera fue redactada, por su respectivo Congreso Constituyente, el 5 de febrero de 1825, siendo Tabasco el cuarto estado del país en contar con una Constitución local.

La octava Constitución, aún en vigor, fue sancionada y promulgada por el gobernador Carlos Greene Ramírez, el 5 de abril de ese año.

Sin embargo el camino para lograrla, no fue nada fácil.

Tras asumir la Presidencia de la República, Don Venustiano Carranza Garza, se dio a la tarea de preparar el terreno para que los gobernadores iniciaran las acciones concernientes al cumplimiento de lo dispuesto en la Carta Magna.

Al efecto, el 22 de marzo de 1917 emitió un decreto en el que expresaba que al estar asegurada la paz pública en la mayor parte de los Estados de la República, éstos debían retornar a la normalidad constitucional, iniciando con la convocatoria a elecciones populares directas de las autoridades ejecutivas y legislativas, así como la incorporación en sus respectivas constituciones de los derechos obtenidos durante la Revolución de 1910-1917.

Para que en Tabasco se pudiera cumplir lo dispuesto en ese ordenamiento, Carranza debió esperar dos años.

Ello porque en Tabasco, los dos bandos políticos locales vencedores al triunfo del constitucionalismo estaban enfrentados.

Al efectuarse las elecciones de poderes locales el 2 de febrero de 1919, se acrecentó el conflicto sostenido entre dominguistas y greenistas, los primeros seguidores de Luis Felipe Domínguez (azules) y los segundos de Carlos Greene (rojos).

Los azules o dominguistas no reconocieron el triunfo de los diputados rojos y de Carlos Greene como gobernador, argumentaban que hubo violación de la soberanía popular, ante ello, le solicitaron a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión interviniera en el asunto.

Los Dominguistas notificaron que se vieron en la necesidad de trasladarse, a Boca de Amatitán, en el municipio de Jonuta, el 20 de febrero, lugar en donde instalaron su propia Cámara y designaron a Luis Felipe Domínguez gobernador constitucional del Estado.

Bajo ese ambiente de inestabilidad política se expidió y promulgó la Constitución Política Local.

Finalmente, Manuel Aguirre Berlanga, secretario de Gobernación dio a conocer la respuesta de Venustiano Carranza a la misiva enviada por los diputados Manuel Andrade y José Ferrel y del senador Aquileo Juárez, por la que solicitaban su intervención en el caso de Tabasco.

Indicó que Carranza tenía conocimiento de la instalación del Congreso en la capital de Tabasco, así como de los demás actos consiguientes y que en ellos no encontraba conflicto de poderes.

A pesar del reconocimiento de Carranza al gobierno de Greene, el Senado no cerró el tema de Tabasco y continuó discutiendo el asunto. Sin embargo la Constitución sobrevivió a todos esos embates de facciones y a varias reformas, y, sigue vigente.

Al releer el entorno político en que dio la actual carta magna, no podemos más que estar de acuerdo con Don Enrique Priego Oropeza: “Tabasco tiene raíces históricas, tiene experiencias sabias y heroicas, tiene un pueblo capaz de aprovechar lo bueno del pasado y desechar lo que mancha o impide su camino al bienestar”.

Nuestra Constitución estatal vigente ya es centenaria. Tabasco ha tenido ocho Constituciones. La primera fue redactada, por su respectivo Congreso Constituyente, el 5 de febrero de 1825, siendo Tabasco el cuarto estado del país en contar con una Constitución local.

La octava Constitución, aún en vigor, fue sancionada y promulgada por el gobernador Carlos Greene Ramírez, el 5 de abril de ese año.

Sin embargo el camino para lograrla, no fue nada fácil.

Tras asumir la Presidencia de la República, Don Venustiano Carranza Garza, se dio a la tarea de preparar el terreno para que los gobernadores iniciaran las acciones concernientes al cumplimiento de lo dispuesto en la Carta Magna.

Al efecto, el 22 de marzo de 1917 emitió un decreto en el que expresaba que al estar asegurada la paz pública en la mayor parte de los Estados de la República, éstos debían retornar a la normalidad constitucional, iniciando con la convocatoria a elecciones populares directas de las autoridades ejecutivas y legislativas, así como la incorporación en sus respectivas constituciones de los derechos obtenidos durante la Revolución de 1910-1917.

Para que en Tabasco se pudiera cumplir lo dispuesto en ese ordenamiento, Carranza debió esperar dos años.

Ello porque en Tabasco, los dos bandos políticos locales vencedores al triunfo del constitucionalismo estaban enfrentados.

Al efectuarse las elecciones de poderes locales el 2 de febrero de 1919, se acrecentó el conflicto sostenido entre dominguistas y greenistas, los primeros seguidores de Luis Felipe Domínguez (azules) y los segundos de Carlos Greene (rojos).

Los azules o dominguistas no reconocieron el triunfo de los diputados rojos y de Carlos Greene como gobernador, argumentaban que hubo violación de la soberanía popular, ante ello, le solicitaron a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión interviniera en el asunto.

Los Dominguistas notificaron que se vieron en la necesidad de trasladarse, a Boca de Amatitán, en el municipio de Jonuta, el 20 de febrero, lugar en donde instalaron su propia Cámara y designaron a Luis Felipe Domínguez gobernador constitucional del Estado.

Bajo ese ambiente de inestabilidad política se expidió y promulgó la Constitución Política Local.

Finalmente, Manuel Aguirre Berlanga, secretario de Gobernación dio a conocer la respuesta de Venustiano Carranza a la misiva enviada por los diputados Manuel Andrade y José Ferrel y del senador Aquileo Juárez, por la que solicitaban su intervención en el caso de Tabasco.

Indicó que Carranza tenía conocimiento de la instalación del Congreso en la capital de Tabasco, así como de los demás actos consiguientes y que en ellos no encontraba conflicto de poderes.

A pesar del reconocimiento de Carranza al gobierno de Greene, el Senado no cerró el tema de Tabasco y continuó discutiendo el asunto. Sin embargo la Constitución sobrevivió a todos esos embates de facciones y a varias reformas, y, sigue vigente.

Al releer el entorno político en que dio la actual carta magna, no podemos más que estar de acuerdo con Don Enrique Priego Oropeza: “Tabasco tiene raíces históricas, tiene experiencias sabias y heroicas, tiene un pueblo capaz de aprovechar lo bueno del pasado y desechar lo que mancha o impide su camino al bienestar”.